DISPOSICIÓN Nº 333
RÍO GALLEGOS, 28 de junio de 2021.-
Expediente Nº 978.259/2020.-
SANCIONAR a la empresa COOPERATIVA EL MAR AZUL LTDA. (CUIT Nº 30-70796206-9), con MULTA de $ 864.120,00.- (OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTE PESOS), por infracción a los artículos 4º de la Ley Provincial Nº 2658, y 37º y 70° de su Decreto Reglamentario Nº 007/06, consistente en continuar con sus actividades sin el único documento habilitante exigido por la normativa citada.-
SANCIONAR a la empresa COOPERATIVA EL MAR AZUL LTDA. (CUIT Nº 30-70796206-9), con MULTA de $ 300.000.- (TRESCIENTOS MIL PESOS), por infracción a los artículos 5º de la Ley Provincial Nº 2567, y 5°, 11°, 12º y 18° del Anexo A de su Decreto Reglamentario Nº 712/02, consistente en operar sin el Certificado Ambiental exigido por tal normativa.-
Las sumas indicadas en los artículos precedentes deberán depositarse en CUENTA Nº 013206040 M. de Salud - Cobro de Multas Ley, CBU 0860001101800032060404, del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaria de Estado de Ambiente, los que deberán acreditarse en estas actuaciones bajo apercibimiento de iniciar la acción judicial correspondiente.-
Oportunamente inscríbase a la empresa COOPERATIVA EL MAR AZUL LTDA., en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inc. a) del Decreto 007/06.-
IMPONER a la empresa COOPERATIVA EL MAR AZUL LTDA.la obligación de finalizar en debida forma el procedimiento técnico administrativo previsto en las Leyes Provinciales N° 2658 y 2567 orientado a la obtención de la Declaratoria de Impacto Ambiental y el Certificado Ambiental Anual respectivamente, en el plazo de diez (10) días.-
CLAUSURAR de manera temporal las instalaciones objeto de estos actuados en los términos previstos por el artículo 23° inciso e) de la Ley Provincial N° 2658, y hasta tanto la firma finalice en debida forma el procedimiento técnico administrativo orientado a la obtención de la Declaratoria de Impacto Ambiental.-
NOTIFÍQUESE a la empresa COOPERATIVA EL MAR AZUL LTDA. del contenido del presente, quienes podrán interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su Decreto Reglamentario.-
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente