Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0246/2021
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 13 Junio 2023 / SUP BO 5782

DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0246/2021

SANCIONAR - EMPRESA FRIGORÍFICO FAIMALI S.A.

DISPOSICIÓN Nº 246
 
RÍO GALLEGOS, 01 de junio de 2021.-
Expediente Nº 979.867/2021.-
SANCIONAR a la empresa FRIGORÍFICO FAIMALI S.A. (C.U.I.T. N° - 30-56243785-8.), con MULTA de $ 667.000,40.- (pesos seiscientos sesenta y siete mil con cuarenta centavos), por infracción al artículo 37º incisos a) y d) del Decreto Nº 007/06 de la Ley Provincial Nº 2658, como consecuencia de haberse evidenciado cambios en el proceso de tratamiento de los efluentes sanguíneos generados a consecuencia de las actividades de faena, y por haberse identificado impactos ambientales no contemplados en la Auditoría de Evaluación Inicial del proyecto como consecuencia de la presencia de residuos de faena en un sitio no autorizado.-
IMPONER a la empresa la presentación de un plan de adecuaciones y mejoras a fin de asegurar la captación de sangre durante el proceso de faena de acuerdo a los requerimientos del artículo 2° de la Disposición N° 124/2021, conforme lo prevén los artículos 23º de la Ley Provincial Nº 2658 y 67º de su Decreto Reglamentario Nº 07/06, debiendo proponer las mismas y su correspondiente plan de ejecución en un plazo de 10 (diez) días. Ello bajo apercibimiento de iniciar actuaciones sumariales.-
Las sumas indicadas en los artículos precedentes deberán depositarse en CUENTA Nº 013206040 M. de Salud – Cobro de Multas Ley, CBU 0860001101800032060404, del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaria de Estado de Ambiente, los que deberán acreditarse en estas actuaciones bajo apercibimiento de iniciar la acción judicial correspondiente.-
INSCRIBIR a la empresa FRIGORÍFICO FAIMALI S.A., en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inc. a) del Decreto 007/06.-
NOTIFÍQUESE a la empresa FRIGORÍFICO FAIMALI S.A. del contenido del presente, quienes podrán interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su Decreto Reglamentario.-
 
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI