DISPOSICIÓN N° 220
RÍO GALLEGOS, 15 de abril de 2021.-
Expediente Nº 979.564/2021.-
SANCIONAR a la empresa HOSTERÍA PATAGÓNICA EL CHALTÉN S.A. (CUIT 30-70994864-9), con MULTA de $ 672.000.- (SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL PESOS), por infracción a los artículos 4º de la Ley Provincial Nº 2658, y 37º de su Decreto Reglamentario Nº 07/06, como consecuencia de la ejecución de obras de apertura de caminos en el predio objeto de autos sin el único documento habilitante exigido por la normativa citada.-
SANCIONAR a la empresa HOSTERÍA PATAGÓNICA EL CHALTÉN S.A. (CUIT 30-70994864-9), con MULTA de $ 672.000.- (SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL PESOS), por infracción a los artículos 27° de la Ley Nacional Nº 25.675, y 2° de la Ley Provincial N° 2658, como consecuencia del desmonte de bosque nativo sobre sectores de elevada sensibilidad ambiental (áreas de mallín y líneas activas de drenaje), en el predio objeto de autos, provocando una alteración relevante que modificó negativamente el ambiente.-
SANCIONAR a la empresa HOSTERÍA PATAGÓNICA EL CHALTÉN S.A. (CUIT 30-70994864-9), con MULTA de $ 50.000.- (CINCUENTA MIL PESOS), por infracción al artículo 28º del Anexo A del Decreto Nº 712/02, reglamentario de la Ley Provincial Nº 2567, como consecuencia de haberse constatado la presencia de manchas de hidrocarburo en sectores acondicionados presumiblemente como estacionamiento ubicados a la vera de los caminos en el predio objeto de autos.-
Las sumas indicadas en los artículos precedentes deberán depositarse en CUENTA Nº 013206040 M. de Salud – Cobro de Multas Ley, CBU 0860001101800032060404, del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaria de Estado de Ambiente, los que deberán acreditarse en estas actuaciones bajo apercibimiento de iniciar la acción judicial correspondiente.-
INSCRIBIR a la empresa HOSTERÍA PATAGÓNICA EL CHALTÉN S.A. (CUIT 30-70994864-9), en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inc. a) del Decreto 007/06.-
IMPONER a la empresa HOSTERÍA PATAGÓNICA EL CHALTÉN S.A. (CUIT 30-70994864-9), la obligación de finalizar en debida forma el procedimiento técnico administrativo previsto en las Leyes Provinciales N° 2.658orientado a la obtención de la Declaratoria de Impacto Ambiental en el plazo de diez (10) días.-
ENCOMENDAR a la empresa HOSTERÍA PATAGÓNICA EL CHALTÉN S.A. (CUIT 30-70994864-9), como previo a la ejecución de cualquier tipo de tarea orientada a la recomposición del área afectada a su estado anterior a la producción del daño, la realización de estudios técnicos que determinen su factibilidad, así como también las tareas más adecuadas a tales fines.-
NOTIFÍQUESE a la empresa HOSTERÍA PATAGÓNICA EL CHALTÉN S.A. (CUIT 30-70994864-9), del contenido del presente, quienes podrán interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su Decreto Reglamentario.-
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente