DISPOSICIÓN N° 062
RÍO GALLEGOS, 03 de mayo de 2022.-
Expediente Nº 415.145-M.P.C.I./2007; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 432/21, y el Decreto Provincial N° 2185/09.-
RE-CATEGORIZAR al establecimiento denominado “CHELJELEN”, sito en Almirante Brown N° 891, de la localidad de El Calafate, inscripto en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el Nº 958, en la Clase: CABAÑAS y CATEGORIZAR como “2 ESTRELLAS”.-
CLASIFICAR como “CABAÑAS” y CATEGORIZAR con 2 “ESTRELLAS”, al establecimiento citado en el artículo 1º.-
La presente categoría de acuerdo al artículo 146º del Decreto Provincial Nº 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.-
De acuerdo al Decreto Provincial Nº 1310/96 en su artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 432/21 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR a el Prestador Sr. PAIVA Juan Domingo C.U.I.T. N° 20-05224438-3 en el domicilio indicado en el artículo 1°.-
PABLO GODOY
Secretario de Estado de Turismo
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz