Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0110/2021
Edición del 18 Diciembre 2025
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Disposiciones Completas / publicado el 21 Junio 2022 / BO 5671

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0110/2021

RENOVACIÓN PERMISO CAPTACIÓN DE AGUA - POZOS P15 - EMPRESA MINERA ORO PLATA S.A.
DISPOSICIÓN N° 110
 
RÍO GALLEGOS, 17 de septiembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente Nº 485.958/08 y:
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera Oro Plata S.A. - Proyecto Cerro Negro, solicita renovación del permiso para la captación de agua del pozo surgente denominado P15, ubicado en el Complejo Distrito Este - veta Silica Cap-del Proyecto Cerro Negro, con fines industriales.
Que el pozo de monitoreo al ser de condición surgente será utilizado para fines industriales para exploración geológica del sector bajo negro, el mismo se encuentra ubicado en las coordenadas 2406113,706E; 4806319,492N; del Yacimiento Cerro Negro.
Que la dotación asignada será controlada mediante la lectura del correspondiente caudalímetro instalado.
Que el uso que se le dará al agua extraída, será catalogado como uso industrial, por lo que se deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición Nº 020/13 de la Ley 1451 y/o la que la reemplace en el futuro.
Que el permiso se extenderá por un periodo de doce (12) meses, desde el 09 de agosto de 2021.
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia, mediante el cual se analiza la información del punto de captación mencionado.
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular.
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 02 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente.
POR ELLO:
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) Renovar permiso a favor de la Empresa Oro plata S.A., con domicilio legal en General Mosconi 247, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua del pozo surgente denominado P15, con fines industriales, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.
Artículo 2°) El pozo se encuentra ubicado en las coordenadas 2406113,706E; 4806319,492N del Sector Silica Cap- Complejo Distrito Este del Yacimiento Cerro Negro.-
Artículo 3º) Autorizar para uso industrial, la dotación de cinco con cuarenta metros cúbicos por hora (5.4 m3/hr),caudal surgente, el cual se captará sin la instalación de bomba, la dotación asignada será utilizada por las máquinas perforadoras en la exploración geológica del Sector Bajo Negro y control de polvo en caminos.-
Artículo 4º) Otorgar permiso por un período de doce (12) meses, desde el 09 de agosto de 2021.-
Artículo 5º) La empresa Minera Oro Plata S.A., deberá presentar en forma semestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua del pozo P15, a efectos de realizar su correspondiente caracterización y seguimiento de parámetros.-
Artículo 6°) La empresa Oro Plata S.A., deberá presentar ante las oficinas de ésta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.-
Artículo 7º) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída de forma mensual, y siempre que no implique una contravención a la Ley 1451, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.-
Artículo 8º) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que se dieran origen, producto de dicha infracción.-
Artículo 9°) El agua utilizada tendrá carácter de uso especial, por lo que la Empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N° 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451 y/o la que la reemplace en el futuro.-
Artículo 10º) La empresa Minera Oro Plata S.A., deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nro. 044/19 de la Ley 1451 “Tasa por inspección y habilitación de obras hidráulicas”.-
Artículo 11º) El pago del canon y de la tasa de inspección, deberá hacerse efectivo mediante depósito, en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP fondos de Terceros, Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304, suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 12°) El permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial”, perteneciente a la Ley Provincial de Aguas 1451, de ésta Dirección Provincial de Recursos Hídricos o sus modificatorias.-
Artículo 13) Esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 14°) La empresa Oro Plata S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de ésta Dirección Provincial.-
Artículo 15°) Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 16º) REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial. Dirección Provincial Secretaría General. Dirección General de Administración. Notifíquese a Minera Oro Plata S.A. dése a Boletín Oficial, Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI