DISPOSICIÓN Nº 116
RÍO GALLEGOS, 26 de Noviembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 443.068/20; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición Nº 122/20 se inició sumario administrativo al señor Jorge Luis LAMAS, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, pescando sin el correspondiente permiso, el día 29 de Febrero de 2020, en el establecimiento ganadero “Lago del Desierto”, pozón denominado “Pozón del Salto”, en el curso de agua “Río Toro”;
Que notificado fehacientemente a fojas 11/14 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Artículo 67º del Decreto Nº 195/83;
Que del análisis del actuado, se halla probada la infracción imputada;
Que se procede la aplicación de sanción de multa al nombrado, incurso en el Artículo 57º inc.1) punto 1.1 del Decreto Nº 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y 1723, se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-Nº 924/21, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 18;
LA SUBSECRETARIA DE
COORDINACIÓN PESQUERA
D I S P O N E :
1º.- CONCLUIR, el sumario administrativo ordenado por Disposición Nº 122/20 al señor Jorge Luis LAMAS (Clase: 1982 - D.N.I. Nº 29.337.042), hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos.-
2º.- SANCIONAR, al señor Jorge Luis LAMAS con multa de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 7.600,00) - 10 módulos - por pescar sin el permiso correspondiente, falta tipificada en el Artículo 57° - Inc. 1), punto 1.1 en el Decreto N° 195/83.-
3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE, al señor Jorge Luis LAMAS, mediante BOLETÍN OFICIAL que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Fondo Provincial de Pesca - Cuenta N° 921.761-1 Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de las multas, de acuerdo al Artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4º.- PÁSE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y, cumplido ARCHÍVESE.-
M. LUCRECIA BRAVO
Subsecretaria de Coordinación Pesquera
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
de la Provincia de Santa Cruz