Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.C.P.-Nº 0114/2021 - P2/3
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Disposiciones Completas / publicado el 07 Abril 2022 / BO 5650

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.C.P.-Nº 0114/2021 - P2/3

CONCLUIR SUMARIO ADMINISTRATIVO - CÉSAR DANIEL WETZEL
DISPOSICIÓN Nº 114

RÍO GALLEGOS, 26 de Noviembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 442.179/19; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición Nº 91/20 se inició sumario administrativo al señor Cesar Daniel WETZEL, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, pescando sin el correspondiente permiso con elementos prohibidos y más de lo establecido por la Autoridad de Aplicación con sacrificio de cuatro (4) Truchas marrón (Salmo Trutta), especie protegida. el día 8 de Diciembre de 2019, en el establecimiento ganadero “Valle Cruzado”, pozón denominado “Puente Río Turbio”, en el curso de agua “Río Gallegos”;
Que notificado mediante Boletín Oficial a fojas 11/13 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Artículo 67º del Decreto Nº 195/83;
Que del análisis del actuado, se halla probada la infracción imputada;
Que se procede la aplicación de sanción de multa al nombrado, incurso en el Artículo 57º inc.1) punto 1.1, 1.3 y 1.8 del Decreto Nº 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y 1723, se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-Nº 928/21, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 17;

LA SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN PESQUERA
D I S P O N E :

1º.- CONCLUIR, el sumario administrativo ordenado por Disposición Nº 91/20 al señor Cesar Daniel WETZEL (Clase: 1989 - D.N.I. Nº 34.467.229), hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos.-
2º.- SANCIONAR, al señor Cesar Daniel WETZEL con multa de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 7.600,00) - 10 módulos - (por pescar sin permiso), más multa de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800,00) - 5 módulos - (por pescar con elementos prohibidos), más PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800,00) - 5 módulos - (pescar más de lo establecido), más PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS ($ 15.200,00) - 20 módulos - (5 módulos por cada pieza capturada de más), faltas tipificadas en el Artículo 57° Inc. 1), punto 1.1, 1.3 y 1.8 del Decreto N° 195/83.-
3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE, al señor Cesar Daniel WETZEL mediante BOLETÍN OFICIAL que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Fondo Provincial de Pesca - Cuenta N° 921.761-1 Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de las multas, de acuerdo al Artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4º.- PÁSE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y, cumplido ARCHÍVESE.-

M. LUCRECIA BRAVO
Subsecretaria de Coordinación Pesquera
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
de la Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI