DISPOSICIÓN N° 042
RÍO GALLEGOS, 04 de Mayo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 442.812/20; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 97/SEPyA/20 y 16/SEyAP/22 (modificatoria), se inició sumario administrativo al señor Andrés DOMINGUEZ, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, pescando sin permiso correspondiente y más de lo establecido por la Autoridad de Aplicación con sacrificio de cinco (5) truchas marrón (Salmon Trutta) especie protegida, el día 29 de Enero de 2020, en el establecimiento ganadero “Rincón de los Morros”, paraje o pozón “Curva” en el curso de agua “rio Penitente”;
Que notificado mediante Boletín Oficial a fojas 12/14 y 20/23 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Artículo 67° del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado, se halla probada la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado, incurso en el Artículo 57º inc. 1) puntos 1.1 y 1.8 del Decreto N° 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464, 1723, Decreto 195/83 y Disposición N° 205/SPyAP/16, se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 0346/22, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 27;
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PESQUERA
D I S P O N E :
1º.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado mediante Disposición N° 97/SEPyA/20 y 16/SEyAP/22 (modificatoria)al señor Andrés DOMINGUEZ(Clase: 1973 - D.N.I. Nº 23.809.202) hallándose confeso de las infracciones imputadas, por lo expresado en los considerandos. -
2º.- SANCIONAR al señor Andrés DOMINGUEZ, con multa de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 7.600,00) – 10 módulos – (pescar sin permiso), mas multa de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800,00) - 5 módulos – (pescar más de lo establecido), mas multa de PESOS DIECINUEVE MIL ($ 19.000,00) – 25 módulos (5 módulos por cada pieza capturada), faltas tipificadas en el Artículo 57°, inc.1) puntos 1.1 y 1.8 del Decreto N° 195/83.-
3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Andrés DOMINGUEZ, mediante BOLETIN OFICIAL, Provincia de Santa Cruz, que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Fondo Provincial de Pesca - Cuenta N° 921.7611 C.U.I.T. N° 30-67363960-3, CBU 0860001101800092176118 Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales) pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de la multa de acuerdo al Artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4º.- PASE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
M. LUCRECIA BRAVO
Subsecretaria de Coordinación Pesquera
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
de la Provincia de Santa Cruz