Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00101/2026
Edición del 05 Noviembre 2026
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Disposiciones Completas / publicado el 05 Noviembre 2026 / BO 6173

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00101/2026

OTORGAR - AUTORIZACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE DOS (2) PERFORACIONES DESTINADAS A LA CONSTRUCCIÓN DE FREATRÍMETROS PARA EL MONITOREO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS - FIRMA: EXPLORA SANTA CRUZ S.A.
DISPOSICIÓN N° 00101

RÍO GALLEGOS, 21 de septiembre de 2026.-
V I S T O :
El Expediente Nº 945.640/2025, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANO:
Que la empresa EXPLORA SANTA CRUZ SA (CUIT 30-71847408-2) solicita autorización para la perforación de 2 (dos) pozos de agua subterránea destinado al monitoreo de las napas freáticas en el marco de la futura operación del Hotel Lodge Explora cuya actividad principal es el desarrollo turístico en la estancia chorrillo malo en cercanías a la localidad de El Calafate;
Que la empresa contratada para la ejecución de los trabajos es PERGEO S.A.S., inscripta en el Registro de Empresas Perforadoras de esta Secretaría de Recursos Hídricos, bajo Disposición Nº 97/SERH/26;
Que se ha acompañado la documentación técnica y legal requerida, y que del informe técnico producido surge la factibilidad de la perforación proyectada;
Que a través de la Ley Prerrogativas del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, se sustituye el Artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la SERH;
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a los fines de autorizar la obra;
POR ELLO:

El SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :

ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE a la firma EXPLORA SANTA CRUZ S.A., CUIT N° 30-71847408-2, con domicilio legal constituido en calle Chacabuco N° 78, de la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, autorización para la ejecución de dos (2) perforaciones destinadas a la construcción de freatrímetros para el monitoreo de aguas subterráneas, en el marco del proyecto de manto de infiltración correspondiente al Hotel Lodge Explora El Calafate, ubicado en la Estancia Chorrillo Malo, en cercanías de la localidad de El Calafate, Provincia de Santa Cruz.-
ARTÍCULO 2º.- ESTABLÉCESE que las perforaciones autorizadas se ejecutarán en las siguientes coordenadas geográficas:
• Punto P1: Latitud 50°30’3.72” S - Longitud 72°40’11.71” O.
• Punto P2: Latitud 50°30’3.78” S - Longitud 72°40’8.89” O.
La profundidad estimada de las perforaciones será de quince (15) metros bajo el nivel del terreno natural, conforme a la memoria descriptiva presentada.-
ARTÍCULO 3º.- Los trabajos deberán ser ejecutados por la firma PERGEO S.A.S., inscripta en el Registro de Empresas Perforadoras de esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos mediante Disposición N° 97/SERH/26. En caso de producirse un cambio de empresa perforadora o del profesional responsable de los trabajos, la firma titular de la autorización deberá comunicarlo previamente a esta Autoridad de Aplicación, a efectos de su evaluación y correspondiente autorización.-
ARTÍCULO 4º.- Las perforaciones autorizadas tendrán como única finalidad el monitoreo del nivel freático y de la calidad de las aguas subterráneas en el área de emplazamiento del sistema de infiltración proyectado, no encontrándose habilitadas para la captación o aprovechamiento de agua, salvo autorización específica emitida por la Autoridad de Aplicación.-
ARTÍCULO 5º.- ESTABLÉCESE que, una vez finalizados los trabajos de perforación, la firma EXPLORA SANTA CRUZ S.A. deberá presentar ante esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, la siguiente documentación e información técnica:
a) Profundidad total alcanzada en cada perforación.
b) Profundidad y características del entubado instalado.
c) Diámetro y características de la cañería guía o de perforación.
d) Tipo, características y profundidad de instalación de los filtros.
e) Perfil litológico completo de cada perforación.
f) Tipo y profundidad de colocación del material de prefiltro o grava utilizada.
g) Metodología de desarrollo y limpieza de las perforaciones.
h) Nivel estático registrado al finalizar los trabajos.
i) Coordenadas georreferenciadas definitivas de cada freatrímetros construido.
j) Registro fotográfico de las tareas ejecutadas y de la terminación superficial de las instalaciones.
ARTÍCULO 5º. - REGÍSTRESE. Comuníquese al Ministerio de Energía y Minería y al Tribunal de Cuentas. Notifíquese a la empresa interesada, publíquese en la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, archívese.-

Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI