Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00068/2026
Edición del 22 Septiembre 2026
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Disposiciones Completas / publicado el 22 Septiembre 2026 / BO 6157

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00068/2026

APROBAR  - VISADO DE PLANO DE MENSURA CORRESPONDIENTE AL INMUEBLE CONFORMADO POR PARTE DE LA LEGUA A Y LAS LEGUAS B, C Y D DEL LOTE 23, FRACCIÓN C, COLONIA PASTORIL GENERAL PAZ (ESTANCIA SAN PEDRO) - DEPARTAMENTO RÍO CHICO
DISPOSICIÓN N° 00068
 
RÍO GALLEGOS, 25 de junio de 2026.-
V I S T O :
El Expediente N° 946.333/2026 iniciado a través de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota presentada por el Ingeniero Agrimensor Julián Tudanca (Matrícula DPC 135/Matrícula Profesional 2392) se solicita el visado de plano de mensura correspondiente al inmueble conformado por parte de la Legua A y las Leguas B, C y D del Lote 23, Fracción C, Colonia Pastoril General Paz (Estancia San Pedro), ubicada en la Meseta del Lago Strobel, Departamento Río Chico;
Que para el visado del plano de mensura corresponde la delimitación de la línea de ribera en cuerpos de agua en la Meseta del Lago Strobel;
Que la línea de ribera establece el fin del dominio público y el principio de la propiedad de los ribereños. La misma deberá ser fijada y demarcada en base a lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación y leyes complementarias;
Que a través de la Disposición N° 062/SERH/2026 se aprobó la demarcación de la línea de ribera -sujeta a revisión- desde el punto 1 (1543522,14 E - 4608475,57 N) hasta el punto 695 (1541771 E - 4610146,05 N) en el sector de la Meseta del Lago Strobel, Departamento Río Chico, Provincia de Santa Cruz, bajo el sistema de coordenadas Gauss-Krüger (Faja 1);
Que obra a fojas 47 y 48 el dictamen por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que a través de la Ley Prerrogativa Ministerio de Energía y Minería N° 3854/2024 en su Artículo 8° se sustituye el Artículo 2° de la Ley Provincial N° 1451 donde establece que la Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1°) APROBAR el visado de plano de mensura correspondiente al inmueble conformado por parte de la Legua A y las Leguas B, C y D del Lote 23, Fracción C, Colonia Pastoril General Paz (Estancia San Pedro), ubicada en la Meseta del Lago Strobel, Departamento Río Chico.-
2°) Dejar establecido el camino de sirga, el cual mide 15 (quince) metros en forma perpendicular, tomando como referencia la línea de ribera definida por ésta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos.-
3°) Atento al carácter declarativo de la determinación de la línea de ribera, aprobada mediante Disposición N° 062/SERH/2026, los actuales propietarios y/o sucesores universales o particulares de toda o parte de la superficie, no tendrá derecho a reclamo alguno en caso de que toda o parte de la superficie resulte comprendida dentro del dominio público.-
4°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y El tribunal de Cuentas. Notifíquese al interesado. Dese a Dirección General Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI