DISPOSICIÓN N° 200
RÍO GALLEGOS, 17 de julio de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 440.468/25; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 125/SEPyA/26 se inició sumario administrativo al señor Héctor Aníbal FRANCO, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura pescando sin el permiso correspondiente y con elementos prohibidos y más de lo establecido por la Autoridad de Aplicación, sacrificando treinta y cuatro (34) ejemplares de Truchas Arco Iris, el día 5 de octubre de 2025, en el establecimiento ganadero “Estancia Yuyo Moro” paraje y/o pozón denominado “Los Monos” curso de agua “rio Senguer”;
Que notificado mediante Boletín Oficial a fojas 13/15 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Art. 67° del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado se halla probada la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado incurso en el Artículo 57° inc. 1) punto 1.1 y 1.3 y 1.8 del Decreto N° 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464, 1723, Decreto 195/83 y Disposición SPyAP 205/16 se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen SAJ-N° 803/26, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 19/20;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE PESCA Y ACUICULTURA
D I S P O N E :
1°.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado mediante Disposición N° 125/SEPyA/26 al señor Héctor Aníbal FRANCO (Clase: 1988 - D.N.I. N° 33.662.778) hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos.-
2°.- SANCIONAR al señor Héctor Aníbal FRANCO con multa de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00) - 10 módulos - (pescar sin permiso), más la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($ 125.000,00) - 5 módulos - (pescar con elementos prohibidos), más la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 4.250.000,00) -170 módulos- (5 módulos por cada especie sacrificada), (pescar más de lo permitido) faltas tipificadas en el Artículo 57° inc. 1) punto 1.1, 1.3 y 1.8 del Decreto N° 195/83.-
3°.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Héctor Aníbal FRANCO mediante Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas a la Orden del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria - Cuenta N° 416125-8, CUIT N° 30-71066083-9, CBU N° 0860001101800041612586, Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de multa, de acuerdo con el Artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, Departamento de Sumarios, a sus efectos tomen conocimiento la Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
SERGIO KLIMENKO
Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz
Provincia de Santa Cruz