Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00036/2026
Edición del 13 Agosto 2026
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Disposiciones Completas / publicado el 13 Agosto 2026 / BO 6145

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00036/2026

RENOVAR - PERMISO PARA LA CAPTACIÓN DE AGUA SUBTERRÁNEA EN POZO Y VERTIDO DE EFLUENTES SANITARIOS EN LA PC PIEDRABUENA - EMPRESA: TGS S.A.
DISPOSICIÓN N° 00036

RÍO GALLEGOS, 17 de abril de 2026.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.421/SERH/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa TGS S.A., solicita la renovación de autorización para la captación de agua subterránea y vertido de efluentes sanitarios en la PC Piedrabuena.-
Que el pozo de agua se encuentra ubicado en las coordenadas 50º17’11.7’’s - 69º12’35.5’’w, y el uso que se le dará agua es uso doméstico en la actividad industrial;
Que la empresa solicita una dotación de once con veinticinco (11.25 m3/día), según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado;
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante biodigestores, y lecho nitrificante, con ubicación de las toma de muestras en 50° 17’ 14.52’’ s 69° 12’ 36.98’’w;
Que la cantidad máxima de efluente a verter será de 9 m3 diarios, según lo indicado por la empresa;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 "Sistema Tarifario por uso especial de agua" de la Ley 1451;
Que conforme a los registros de esta Autoridad, la empresa no registra deuda exigible al día de la fecha en concepto de canon por uso y/o vertido del recurso hídrico;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que mediante Ley Nº 3842, de fecha 3 de enero de 2024, Art. 9 inciso e, la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, se sustituye el artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO

EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :

1º) RENOVAR a la empresa TGS S.A., con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro. 78 de la ciudad de Río Gallegos; permiso para la captación de agua subterránea en pozo ubicado en las coordenadas 50º17’11.7’’s - 69º12’35.5’’w, y permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados en lecho nitrificante, con ubicación de las toma de muestras en 50° 17’ 14.52’’ s 69° 12’ 36.98’’w.-
2°) La dotación máxima de extracción de agua subterránea se ha fijado en once con veinticinco metros cúbicos por día (11.25 m3/día), según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado.-
3°) El volumen máximo autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de nueve metros cúbicos por día (9 m3/día).-
4°) El permiso tendrá vigencia por el lapso de 2 (dos) años, a partir del día de la fecha.-
5º) La empresa deberá realizar análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del efluente en forma semestral.-
6º) La empresa deberá presentar mensualmente declaración jurada de consumos, adjuntando fotografía del estado acumulado del caudalímetro legible y así también, dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, haciéndolo efectivo mediante depósito en cuenta exclusiva para el Canon en Banco Santa Cruz, Nro. Cuenta C/C N° 01-434774/6 - CBU 086000110180004377468 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
7°) La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.-
8°) El presente fue realizado a partir de datos e información provista por la parte interesada en carácter de declaración jurada.-
9º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y El Tribunal de Cuentas. Notifíquese a TGS S.A. dese a la Dirección General de Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI