DISPOSICIÓN N° 00031
RÍO GALLEGOS, 17 de abril de 2026.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.587/SERH/2024 y:
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el expediente de referencia, la empresa Transportadora Gas del Sur, solicita la renovación del permiso para el vertido de efluentes en la Planta Compresora San Julián;
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante biodigestores, y lecho nitrificante, con ubicación de las toma de muestras en Edificio Ppal (Bio 1300) 49 36 19.22 68 10 55.80’’, Sala Control (Bio 800) 49 36 17,03 68 10 56,56;
Que el caudal máximo de vertido será 3 m3/día, el cual guarda relación con la cantidad de personas que se encuentran en el lugar;
Que el permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha y por el lapso de dos años;
Que de acuerdo a las características del vertido, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13” Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451;
Que conforme a los registros de esta Autoridad, la empresa no registra deuda exigible al día de la fecha en concepto de canon por uso y/o vertido del recurso hídrico;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que mediante Ley Nº 3842, de fecha 3 de enero de 2024, Art. 9° inciso e, la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, se sustituye el Artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1°) RENOVAR, permiso para el vertido de efluentes sanitarios previamente tratados en la Planta Compresora San Julián, mediante biodigestores, y lecho nitrificante, con ubicación de las toma de muestras en Edificio Ppal (Bio 1300) 49 36 19.22 68 10 55.80’’, Sala Control (Bio 800) 49 36 17,03 68 10 56,56 y domicilio constituido en la calle Chacabuco Nro. 78 de la localidad de Río Gallegos, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.-
2°) Se adopta un caudal diario máximo de vertido de 3 m3.-
3°) El permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha, por un lapso de 2 (dos) años.-
4°) La empresa deberá realizar análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del efluente en forma semestral.-
5°) La empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, haciéndolo efectivo mediante deposito en cuenta exclusiva para el Canon en Banco Santa Cruz, Nro. Cuenta C/C N° 01-434774/6 - CBU 086000110180004377468 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
6°) La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.-
7°) El presente fue realizado a partir de datos e información provista por la parte interesada en carácter de declaración jurada.-
8°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y El Tribunal de Cuentas. Notifíquese a TGS S.A. dese a la Dirección General de Boletín oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería