DISPOSICIÓN N° 152
RÍO GALLEGOS, 29 de mayo de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 427.485/24; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 229/SEPyA/25 se inició sumario administrativo al señor Rafael HERR oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura pescando sin el permiso correspondiente y más de lo permitido por la Autoridad de Aplicación, sacrificando tres (3) ejemplares de Trucha Arco Iris, el día 06 de diciembre de 2024, en el establecimiento ganadero “El Chaltén”, paraje y/o pozón denominado “Las Piedras” curso de agua “Lago del Desierto”;
Que notificado fehacientemente a través del Boletín Oficial a fojas 11/14 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Art. 67° del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado se halla probada la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado incurso en el Artículo 57° inc. 1) puntos 1.1 y 1.8 del Decreto Nº 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464 y 1723 se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen SAJ-N° 501/26, emitido por la Subsecretaria de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 19/20;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE PESCA Y ACUICULTURA
D I S P O N E :
1°.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado mediante Disposición N° 229/SEPyA/25 al señor Rafael HERR (Clase: 1991- D.N.I. Nº 35.774.699) hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos.-
2°.- SANCIONAR al señor Rafael HERR con multa de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00) - 10 módulos - (pescar sin permiso), PESOS DOSCIENTO VEINTICINCO MIL ($ 225.000,00) - 15 módulos - (5 módulos por cada especie sacrificada) faltas tipificadas en el Artículo 57° inc. 1) puntos 1.1 y 1.8 del Decreto N° 195/83.-
3°.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Rafael HERR, mediante Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz, que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas a la Orden del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria - Cuenta N° 416125-8, CUIT N° 30-71066083-9, CBU N° 0860001101800041612586, Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de multa, de acuerdo al Artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4°.- PASE al Departamento de Sumarios, a sus efectos tomen conocimiento la Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
SERGIO KLIMENKO
Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz
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