DISPOSICIÓN N° 00025
RÍO GALLEGOS, 27 de marzo de 2026.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.299/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera Estelar Resources LTD S.A., solicita autorización para la perforación de un (1) pozo tendiente a la captación de agua, denominado PM06, ubicado en del Sector Naty del Yacimiento Cerro Moro;
Que será la empresa Andrés Jolly Perforaciones, la que realice los trabajos de perforación, la cual se encuentra inscripta en el Registro de Empresas Perforadoras, perteneciente a esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos;
Que el objeto de las perforaciones será la de abastecer los procesos industriales en el yacimiento minero;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia, mediante el cual se analiza la información presentada;
Que obra Dictamen de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica, en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que a través de la Ley prerrogativa Ministerio de Energía y Minería Nº 3854/2024, en su Art. 8° sustituye el Art. 2° de la Ley Provincial N° 1451, donde establece que la Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales es la Secretaría Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1°) Otorgar permiso, a favor de la empresa Minera Estelar Resources LTD S.A., con domicilio legal en Pasaje E. Feruglio 157 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; para realizar la perforación de un (1) pozo exploratorio de agua denominado PM-06, ubicado en el Yacimiento Cerro Moro; de acuerdo a los considerandos de la presente.-
Artículo 2º) La perforación se realizará tentativamente en las siguientes coordenadas: PM-06: Lat. 48º17´54.5”S - Long. 66º48´12.9”O Sector Naty.-
Artículo 3º) El permisionario deberá comunicar a esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, el inicio y la finalización de los trabajos de perforación, remitiendo Memoria descriptiva y técnica de las perforaciones realizadas, con la siguiente información:
- Ubicación georreferenciada en coordenadas geográficas formato papel y digital Gis. shp - kmz, EPSG 4326 (datum WGS84).-
- Perfiles litológicos.-
- Ensayos de bombeo y de Recuperación en formato papel y digital.-
- Determinación de los niveles estáticos y dinámicos.-
- Profundidad total, profundidad del entubado.-
- Diámetro de la cañería guía.-
- Tipo y profundidad de filtros.-
- Profundidad y tipo de grava utilizada.-
- Registro fotográfico.-
- Caracterización química del agua (análisis fisicoquímicos, bacteriológicos y de hidrocarburos totales).-
Se otorgará un plazo de diez (10) días hábiles, a partir de la conclusión de la perforación, para su presentación.-
Artículo 4°) La empresa deberá realizar las correspondientes gestiones administrativas, en esta Secretaría de Estado para la habilitación de la perforación mencionada como pozo de captación.-
Artículo 5°) Esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 6º) REGISTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado Gestión Financiera. Notifíquese a Minera Estelar Resources LTD S.A. dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
JAVIER HERNÁNDEZ
Secretario de Estado de Gestión Financiera
A/C Secretaría de Estado de Recursos Hídricos