Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0094/2021
Edición del 18 Diciembre 2025
Ediciones anteriores
Disposiciones Completas
« Dic 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31        

Secciones



Disposiciones Completas / publicado el 08 Marzo 2022 / BO 5639

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0094/2021

RENOVACIÓN PERMISO CAPTACIÓN DE AGUA - PORTALES MARÍA Y MELISA-CONCEPCIÓN - EMPRESA MINERO TRITON ARGENTINA S.A.
DISPOSICIÓN N° 094

RÍO GALLEGOS, 26 de Julio de 2021.-
V I S T O :
El Expediente N° 481.138/04:
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Minera TRITON Argentina S.A., solicita la renovación del permiso para captación de agua pública proveniente del Sistema de Bombeo de mina de los Portales María y Melissa - Concepción, pertenecientes al Yacimiento Minero Manantial Espejo, con fines industriales y domésticos en la actividad industrial;
Que la dotación asignada será controlada mediante la lectura de los correspondientes caudalímetros instalados.
Que el uso que se dará al agua extraída será catalogado como uso especial, por lo que deberá cumplimentar con la Disposición N° 20/13, de la ley 1451 o la que en un futuro la reemplace;
Que el permiso se extenderá por un período de doce (12) meses, desde el día de la fecha;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia, mediante el cual se analiza el historial de cada uno de los puntos de captación mencionados;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular.
Que mediante Ley N° 2625 promulgada por Decreto N° 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :

Artículo 1°) Renovar permiso a favor de la Empresa Minera Triton Argentina S.A. con domicilio constituido en calle Zapiola N° 331, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para el uso de agua proveniente de los portales María y Melissa - Concepción, para uso doméstico en la actividad industrial así como también para uso industrial, de acuerdo a los considerandos de la presente.-
Artículo 2°) Autorizar para uso doméstico en la actividad industrial, la dotación de catorce metros cúbicos por hora (14m3/hr), en función de la cantidad de personas afectadas al Proyecto.-
Artículo 3°) Autorizar para uso industrial, la dotación de cincuenta y siete metros cúbicos por hora (57 m3/hr), necesarios para la planta de tratamiento de minerales.
Artículo 4°) Otorgar permiso por un período de doce (12) meses, desde el día de la fecha.-
Artículo 5°) La empresa Triton Argentina S.A., deberá cumplimentar lo establecido por la Dirección General de Auditoría General y Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia, en lo concerniente a la calidad del agua para uso doméstico.-
Artículo 6°) La empresa Triton Argentina S.A., deberá presentar en forma semestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua de la pileta decantadora María, muestras de agua luego de su tratamiento en la planta de ósmosis, así como también del Reservorio de agua Concepción y Laguna P1, a efectos de realizar la correspondiente caracterización y seguimiento de parámetros.-
Articulo 7°) La empresa Triton Argentina S.A., deberá presentar ante las oficinas de ésta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados, como así también la lectura de los caudalímetros instalados a la salida de los portales María y Melissa - Concepción, con sus correspondientes registros fotográficos, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.-
Artículo 8°) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída de forma mensual, y siempre que no implique una contravención a la Ley 1451, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.-
Artículo 9°) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que se dieran origen, producto de dicha infracción.-
Artículo 10°) El agua utilizada tendrá carácter de uso especial, por lo que la Empresa Triton Argentina S.A., deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N° 020/2013 de la Ley 1451, o la que en un futuro la reemplace.-
Artículo 11°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondos de Terceros, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de ésa Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 12°) El permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial”, perteneciente a la Ley Provincial de aguas 1451 o la que en un futuro la reemplace.-
Artículo 13°) Ésta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 14°) La empresa Triton Argentina S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de ésta Dirección Provincial.
Artículo 15°) La Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 16°) REGISTRESE. REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaria General, Dirección General Administración, Notifíquese a Minera Triton Argentina S.A. Dése a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI