DISPOSCIÓN N° 041
RÍO GALLEGOS, 20 de marzo de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 440.416/25; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° 238/SUMARIOS/SEPyA/25 se inició sumario administrativo al señor Alexis David MACIEL, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura pescando sin el permiso correspondiente y con elementos prohibidos, el día 4 de octubre de 2025, en el establecimiento ganadero “Valle Cruzado”, pozón o paraje “Valle Cruzado” en el curso de agua “Río Gallegos”;
Que notificado fehacientemente a fojas 06 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Artículo 67° del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado se halla probado la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado, incurso en el Artículo 57° inc. 1) puntos 1.1 y 1.3 del Decreto Nº 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464 y 1723 se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 196/26, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 10 y vuelta;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE PESCA Y ACUICULTURA
D I S P O N E :
1°.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado mediante Nota N° 238/SUMARIOS/SEPyA/25 al señor Alexis David MACIEL (Clase: 1999 - D.N.I. Nº 42.635.255) hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos..-
2°.- SANCIONAR al señor Alexis David MACIEL, con multa de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00) -10 módulos- (pescar sin permiso) y PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($ 125.000,00) - 5 módulos (pescar con elementos prohibidos), faltas tipificadas en el Artículo 57° inc. 1) puntos 1.1 y 1.3 del Decreto N° 195/83.-
2°.- SANCIONAR al señor Alexis David MACIEL, con multa de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00) -10 módulos- (pescar sin permiso) y PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($ 125.000,00) - 5 módulos (pescar con elementos prohibidos), faltas tipificadas en el Artículo 57° inc. 1) puntos 1.1 y 1.3 del Decreto N° 195/83.-
3°.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Alexis David MACIEL en su domicilio sito en calle 12 de Octubre N° 1047, de la localidad de 28 de Noviembre, Provincia de Santa Cruz, quien contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria - Cuenta N° 416125-8, CUIT N° 30-71066083-9, CBU N° 0860001101800041612586, Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de multa, de acuerdo con el Artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4°.- PASE al Departamento de Sumarios, a sus efectos tomen conocimiento la Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
SERGIO KLIMENKO
Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz