Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 0010/2026 - P1/1
Edición del 05 Mayo 2026
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Disposiciones Completas / publicado el 05 Mayo 2026 / BO 6108

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 0010/2026 - P1/1

DECLARAR - INFRACCIÓN A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY N° 1451 - ESTABLECIMIENTO GANADERO PATAGÓNICO LA SOFÍA S.A.
DISPOSICIÓN N° 00010
 
RÍO GALLEGOS, 12 de febrero de 2026.-
V I S T O :
El Expediente N° 945.033/2025, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que se inició actuaciones administrativas -SUMARIO-, mediante Disposición Nro. 47-SERH-25.-
Que se clausuraron, mediante Disposición Nro. 89-SERH-25, notificando a la parte sumariada, para  que realice descargo de acuerdo a lo estipulado en el Art. 126;
Que se presentó descargo y adjuntos a nombre de los responsables de la estancia La Sofía, obrante a Fs Nro. 37 -43;
Que queda fehacientemente constatado que el establecimiento Patagónico La Sofía S.A., incurrió en infracción al Art. Nro. 87 de la Ley Nro. 1451;
Que de acuerdo al régimen de multas por contravenciones y teniendo en cuenta las circunstancias del caso, el infractor y los perjuicios causados es que se determina una multa de 1000 (mil) módulos;
Que se intima al Establecimiento Patagónico la Sofía, que un plazo de 90 días hábiles, contados a partir de la recepción del presente, para regularizar la situación de las obras hidráulicas sobre el río Guanaco;
El valor del módulo es un litro de diésel en estación de Servicio ACA RÍO GALLEGOS el cual se deberá consultar el valor previo al depósito;
Las multas deberán ser satisfechas mediante depósito en el Banco de Santa Cruz en Cuenta Corriente N° 01-416144/9 - CBU 0860001101800041614490 “Gobierno Provincial Rentas Generales TGP REC FF 11”;
Que mediante Ley N° 3842, de fecha 3 de enero de 2024, Art. 9 inciso e, la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, se sustituye el Artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo N° 1: DECLARAR: al establecimiento ganadero Patagónico La Sofía S.A., con domicilio legal en calle Chacabuco Nro. 78 de la ciudad de Río Gallegos, en infracción a lo estipulado en el Artículo Nro. 87 de la Ley Nro. 1451.-
Artículo N° 2: SANCIONAR al establecimiento ganadero Patagónico La Sofía S.A., con un total de 1000 (mil) módulos los cuales deberán hacerse efectivo en un lapso de diez días hábiles de notificado de la presente.-
Artículo N° 3: INTIMAR: al establecimiento ganadero Patagónico La Sofía S.A. a que en un plazo de 90 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, para la presentación documentación necesaria para regularizar su situación con respecto a las obras hidráulicas sobre el río Guanaco.-
Artículo N° 4: La multa deberá ser satisfecha mediante depósito en el Banco de Santa Cruz en Cuenta Corriente N° 01-416144/9 CBU 0860001101800041614490 “Gobierno Provincial Rentas Generales TGP REC FF 11”, enviando copia de comprobante de depósito a esta Secretaría.-
Artículo N° 5: REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y El Tribunal de Cuentas. Notifíquese al establecimiento Ganadero Patagónico La Sofía S.A. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI