Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00003/2026
Edición del 28 Abril 2026
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Disposiciones Completas / publicado el 28 Abril 2026 / BO 6105

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00003/2026

RE-INSCRIBIR - AL REGISTRO DE EMPRESAS PERFORADORAS - EMPRESA: HNOS SANDIN S.R.L.
DISPOSICIÓN N° 00003
 
RÍO GALLEGOS, 14 de enero de 2026.-
V I S T O :
El Expediente Nº 946.200/2026, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos (SERH); y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota S/Nro. obrante en fojas 40 (cuarenta) del expediente de referencia, la empresa HNOS. SANDIN S.R.L., solicita la renovación de la Inscripción en el registro de empresas perforadoras de la Provincia de Santa Cruz;
Que el equipo perforador a habilitar es un Tren Perforador Tipo Oruga PD 800 con un Motor Cummins y multifuncional, ya que se pueden usar en varios procesos tales como: perforación de fondo, perforación de circulación inversa a través del aire, perforación de circulación inversa de levantamiento artificial por gas, perforación de corte, perforación de cono, perforación de talón, también el equipo puede equiparse con bombas de lodo, bombas de espuma, tienen capacidad de perforación de 800m de hasta 400 mm de diámetro en 4 pulgadas;
Que la empresa presenta Certificado de Cumplimiento Fiscal, no registrando deuda alguna con la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos;
Que obra Informe Técnico obrante a fs. 52 no mediando objeción técnica a lo solicitado;
Que asimismo obra Dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Legal Hídrica, el mismo consta a fs. 56 y 57;
Que es necesario a los fines de lograr una administración racional, sustentable y coordinada del agua subterránea, ejercer un control de las actividades de perforación de pozos de agua en la provincia;
Que a través de Ley prerrogativas del Ministerio de Energía y Minería Nro. 38754/24, se sustituye el artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos;
POR ELLO:
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1º) RE-INSCRIBIR a partir del día de la fecha, a la Empresa HNOS SANDIN S.R.L. con domicilio real en Ruta Provincial 43 N° 1314 de la ciudad de Perito Moreno, al Registro de Empresas Perforadoras.-
2º) Otorgar la Habilitación para perforar por un período de dos (2) años, en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz, la cual podrá ser nuevamente renovada si la Autoridad de Aplicación lo considera factible y con 30 (treinta) días de anticipación mínima desde fecha de vencimiento.-
3º) Que será requisito indispensable para perforar, portar en el equipo la correspondiente oblea de habilitación, extendida por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos.-
4º) Que la Empresa deberá presentar la siguiente documentación, requerida en el Registro de Empresas Perforadoras, para obtener los correspondientes permisos de perforación: ubicación del predio con nomenclatura catastral, características técnicas programadas de la perforación, punto de captación y volumen estimado de agua para realizar las perforaciones y autorización del superficiario.-
5º) Que deberá llevar un registro propio de las perforaciones realizadas (ubicación con coordenadas, persona solicitante, profundidad, diámetro de entubado, tipo de cañería, observaciones, nivel estático etc.), en un libro foliado y entregado por la Autoridad de Aplicación, el cual será exigido al cierre de cada ejercicio fiscal.-
6º) Que una vez efectuada la perforación, deberá presentar con carácter de obligatorio, ante esta Dirección la Memoria Técnica de la perforación con la siguiente información: profundidad total, profundidad de entubado, diámetro de la cañería guía, ubicación, tipo y profundidad de filtros, perfil litológico, profundidad y tipo de grava utilizada, ensayos de bombeo y coordenadas de georreferenciación del pozo realizado.-
7º) La SERH podrá revocar la Habilitación otorgada en los casos que crea conveniente, ante el incumplimiento de la Normativa Vigente.-
8º) REGÍSTRESE: Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Gestión Financiera y El Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a Sandin Hnos. y Dese a la Dirección General del Boletín oficial. Cumplido ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI