DISPOSICIÓN N° 00090
RÍO GALLEGOS, 07 Julio de 2021.-
V I S T O :
El Expediente N° 489.243/2012, y:
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el expediente, la empresa Transportadora Gas del Sur, solicita la renovación del permiso de vertido de efluentes en la Planta Compresora Bosque Petrificado.-
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en un pozo ciego y unido a este, un lecho nitrificante. La posición georreferenciada es la siguiente:
• Cámara séptica: Lat: S 47° 40’ 27,36’’ Long: O 67° 22’ 22,58’’
• Lecho Nitr. 1: Lat: S 47° 40’ 27,22’’ Long: O 67° 22’ 22,23’’
• Lecho Nitr. 2: Lat: S 47° 40’ 27,37’’ Long: O 67° 22’ 22,17’’
• Lecho Nitr. 3: Lat: S 47° 40’ 27,57’’ Long: O 67° 22’ 22,35’’
Que el caudal máximo de vertido será 3 m3/día, el cual guarda relación con la cantidad de personas que se encuentran en el lugar;
Que el permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha y por el lapso de un año;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13” Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley N° 2625 promulgada por Decreto N° 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
El Expediente N° 489.243/2012, y:
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el expediente, la empresa Transportadora Gas del Sur, solicita la renovación del permiso de vertido de efluentes en la Planta Compresora Bosque Petrificado.-
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en un pozo ciego y unido a este, un lecho nitrificante. La posición georreferenciada es la siguiente:
• Cámara séptica: Lat: S 47° 40’ 27,36’’ Long: O 67° 22’ 22,58’’
• Lecho Nitr. 1: Lat: S 47° 40’ 27,22’’ Long: O 67° 22’ 22,23’’
• Lecho Nitr. 2: Lat: S 47° 40’ 27,37’’ Long: O 67° 22’ 22,17’’
• Lecho Nitr. 3: Lat: S 47° 40’ 27,57’’ Long: O 67° 22’ 22,35’’
Que el caudal máximo de vertido será 3 m3/día, el cual guarda relación con la cantidad de personas que se encuentran en el lugar;
Que el permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha y por el lapso de un año;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13” Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley N° 2625 promulgada por Decreto N° 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1°) RENOVAR el permiso para el vertido de efluentes sanitarios en la Planta Compresora Bosque Petrificado, perteneciente a la empresa Transportadora Gas del Sur en las siguientes coordenadas: Lecho Nitr. 1: Lat: S 47° 40’ 27,22’’ Long: O 67° 22’ 22,23’’; Lecho Nitr. 2: Lat: S 47° 40’ 27,37’’ Long: O 67° 22’ 22,17’’; Lecho Nitr. 3: Lat: S 47° 40’ 27,57’’ Long: O 67° 22’ 22,35’’; con domicilio constituido en la calle Chacabuco Nro. 78 de la localidad de Río Gallegos, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.-
2°) Se adopta un caudal diario máximo de vertido de 3 m3.-
3°) El permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha por un lapso de 1 (un) año.-
4°) La empresa deberá realizar análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del efluente en forma semestral.-
5°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante deposito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
6°) La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.-
7°) El presente fue realizado a partir de datos e información provista por la parte interesada en carácter de declaración jurada.-
8°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Administración. Notifíquese a TGS S.A., dése al Boletín Oficial, Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHIVESE.-
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz