DISPOSICIÓN N° 00088
RÍO GALLEGOS, 07 de Julio de 2021.-
V I S T O :
El Expediente N° 489.214/2012, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa TGS SA, solicita la renovación de autorización para la captación de agua subterránea y vertido de efluentes sanitarios en la PC Piedrabuena;
Que el pozo de agua se encuentra ubicado en las coordenadas 50° 17’ 19,2’’ S 69° 12’38.1’’ W, y el uso que se le dará al agua es uso doméstico en la actividad industrial.
Que la empresa solicita una dotación de nueve con veinticinco metros cúbicos por día (9.25 m3/día), según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado;
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en pozos absorbentes;
Se definen dos sectores de vuelcos denominados:
• Pozo Nro. 1: ubicado en las siguientes coordenadas: S 50° 17’ 15’; O 69° 12’ 37,26’’;
• Pozo Nro. 2: ubicado en las siguientes coordenadas: S 50° 17’ 16,06’; O 69° 12’ 37,03’’;
Que la cantidad máxima de efluente a verter será de 7,4 m3 diarios, según lo indicado por la empresa;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública , la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal.
Que mediante Ley N° 2625 promulgada por Decreto N° 1949, de fecha 02 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
El Expediente N° 489.214/2012, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa TGS SA, solicita la renovación de autorización para la captación de agua subterránea y vertido de efluentes sanitarios en la PC Piedrabuena;
Que el pozo de agua se encuentra ubicado en las coordenadas 50° 17’ 19,2’’ S 69° 12’38.1’’ W, y el uso que se le dará al agua es uso doméstico en la actividad industrial.
Que la empresa solicita una dotación de nueve con veinticinco metros cúbicos por día (9.25 m3/día), según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado;
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en pozos absorbentes;
Se definen dos sectores de vuelcos denominados:
• Pozo Nro. 1: ubicado en las siguientes coordenadas: S 50° 17’ 15’; O 69° 12’ 37,26’’;
• Pozo Nro. 2: ubicado en las siguientes coordenadas: S 50° 17’ 16,06’; O 69° 12’ 37,03’’;
Que la cantidad máxima de efluente a verter será de 7,4 m3 diarios, según lo indicado por la empresa;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública , la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal.
Que mediante Ley N° 2625 promulgada por Decreto N° 1949, de fecha 02 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1°) RENOVAR a la empresa TGS SA, con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro. 78 de la ciudad de Río Gallegos; permiso para la captación de agua subterránea en pozo ubicado en las coordenadas 50° 17’ 19,2’’ S 69° 12’ 38.1’’ W, y permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados, en dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas: Pozo1: S 50° 17’ 15’; O 69° 12’ 37,26’’ y Pozo 2: S 50° 17’ 16,06’; O 69° 12’ 37,03’’.-
2°) La dotación máxima de extracción de agua subterránea se ha fijado en nueve con veinticinco metros cúbicos por día (9.25 m3/día), según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado.-
3°) El volumen máximo autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de siete con cuatro metros cúbicos por día (7,4 m3).-
4°) El permiso tendrá vigencia por el lapso de 1 (un) año, a partir del día de la fecha.-
5°) La empresa deberá realizar análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del efluente en forma semestral.-
6°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
7°) La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.-
8°) El presente fue realizado a partir de datos e información provista por la parte interesada en carácter de declaración jurada.-
9°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Administración. Notifíquese a TGS S.A., dése al Boletín Oficial, Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz