DISPOSICIÓN N° 153
RÍO GALLEGOS, 21 de agosto de 2025.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 427.362/24; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 045/SEPyA/25 se inició sumario administrativo al señor Luis Alberto RÍOS, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura pescando con elementos prohibidos y más de lo permitido por la Autoridad de Aplicación sacrificando una (1) especie de Tucha marrón especie protegida, el día 23 de noviembre de 2024, en el curso de agua “Lago Buenos Aires”;
Que notificado mediante Boletín Oficial a fojas 12/15 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Art. 67° del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado se halla probada la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado incurso en el Art. 57° inc. 1) puntos 1.3 y 1.8 del Decreto N° 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N°1464 y 1723 se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 777/25, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 19 y vuelta;
LA SECRETARIA DE ESTADO DE PESCA Y ACUICULTURA
D I S P O N E :
1°.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado mediante Disposición N° 045/SEPyA/25 al señor Luis Alberto RÍOS (Clase: 1964 - D.N.I. Nº 16.421.099) hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos.-
2°.- SANCIONAR al señor Luis Alberto RÍOS con multa de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00) - 5 módulos - (pescar con elementos prohibidos), más multa de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00) - 5 módulos- (pescar más de lo establecido por la Autoridad de Aplicación) y multa de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00) - 5 módulos - (por pieza sacrificada de más), faltas tipificadas en el Art. 57° inc. 1) 1.3 y 1.8 del Decreto N° 195/83.-
3°.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Luis Alberto RÍOS, mediante Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas a la Orden del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria - Cuenta N° 416125-8, CUIT N° 30-71066083-9, CBU N° 0860001101800041612586, Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de multa, de acuerdo al Art. 72° del Decreto N° 195/83.-
4°.- PASE al Departamento de Sumarios, a sus efectos tomen conocimiento la Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
SELSA ESTHER HERNÁNDEZ
Secretaria de Estado de Pesca y Acuicultura
Ministerio de la Producción,
Comercio e Industria