DISPOSICIÓN N° 269
RÍO GALLEGOS, 16 de octubre de 2025.-
V I S T O :
El Expediente Nº 437.594/A/17, cuyo actual titular es: MINERA DEL SOL S.A., en el cual se tramita una Mina de Oro, Plata y Cobre denominada: “MEL III”, y;
CONSIDERANDO:
Que se intimó en reiteradas oportunidades al titular del expediente de referencia para que cumplimentara con lo establecido en los Artículos Nº 68º, 69º y 70º del Código de Minería, en referencia a la presentación de la Labor Legal;
Que al día de la fecha se vencieron ampliamente los plazos legales concedidos por la Autoridad Minera para cumplir con lo solicitado en el considerando precedente;
Que el Artículo Nº 71 del citado cuerpo Legal, prevé que el incumplimiento de los Artículos mencionados en el primer considerando, es causal de caducidad del derecho de la Mina de referencia, dado que la existencia de la misma no ha sido demostrada, por falta el objeto explícito de la concesión legal;
Que en cumplimiento del Artículo Nº 2° de la Disposición Nº 270 de fecha 08 de noviembre de 2024, y conforme a lo indicado por el informe emitido por la Subsecretaria de Geología y Minería de esta Secretaría que consta a fs.100;
Que ante este incumplimiento el Código prevé que la Autoridad declare caducos los derechos del descubridor y las minas pedidas por el serán registradas en calidad de Vacante.-
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE MINERÍA
AUTORIDAD MINERA EN PRIMERA INSTANCIA
D I S P O N E :
Artículo 1º.-: TÉNGASE por CADUCA la concesión de la Mina: “MEL III”, que la empresa MINERA DEL SOL S.A., gestiona mediante expediente Nº 437.594/A/17.-
Artículo 2º.-: INSCRÍBASE en el Padrón Minero de esta Provincia como VACANTE la mina de referencia.-
Artículo 3º.-: ANÓTESE por marginal la vacancia de la mina: Nº 437.594/A/17 “MEL III”, en el Registro correspondiente.-
Artículo 4°.-: PUBLÍQUESE por el término de un (1) día en el Boletín Oficial y por cinco (05) días en pizarra la presente Disposición.-
Artículo 4°.-: REGÍSTRESE Protocolícese, tómese nota por la Subsecretaría de Escribanía de Minas, gírese al Área de Catastro Minero, al Área de Economía Minera para su conocimiento, notifíquese al interesado, dese copia a Fiscalía de Estado y a la Secretaría de Fiscalización y Control Ambiental Energético y Minero, cumplido ARCHIVESE.-
Lic. PEDRO TIBERI
Secretario de Minería
Autoridad de Primera Instancia
Provincia de Santa Cruz
Registrado hoy DIECISÉIS de OCTUBRE del año DOS MIL VEINTICINCO bajo el número DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE y protocolizado a la fecha al folio número TRESCIENTOS CUATRO del presente protocolo de Disposiciones.- CONSTE.-
Esc. MARIELA L. FERNÁNDEZ
Subsecretaria de Escribanía de Minas
Secretaría de Estado de Minería