DISPOSICIÓN Nº 00048
RÍO GALLEGOS, 17 de junio de 2025.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.892-2025, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, Mónica RUDD D.N.I. 24.861.444 y Guillermo RUDD D.N.I. 26.324.025 solicitan el permiso de usufructo de agua pública en pozo de captación en la estancia Dos Lagunas;
Que el uso será destinado para abastecer a planta envasadora de agua;
Que el uso será destinado para abastecer a planta envasadora de agua;
Que el punto de extracción de agua pública estará ubicado en las coordenadas Lat. Lat. S 50° 55’ 20.5” Long. O 69° 51’ 10.8”;
Que el volumen de extracción se ha fijado en 18 m3/h, por un período de doce (12) meses a partir del día de la fecha;
Que de acuerdo a las características de extracción de agua pública se deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451;
Que obra informe técnico en el expediente de referencia;
Que obra dictamen favorable por parte por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, donde en su Artículo Nro. 8 sustituye el Artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1°) AUTORIZAR a Mónica RUDD y Guillermo RUDD, con domicilio legal constituido en la provincia de Santa Cruz en calle Comodoro Py N° 991 de la ciudad de Río Gallegos, permiso para la captación de agua pública superficial en Lat. S 50° 55’ 20.5” Long O 69° 51’ 10.8”, para uso industrial - venta de agua - en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.-
2°) El caudal de máximo autorizado será de 18 m3/día, por un período de doce (12) meses, a partir del día de la fecha.-
3°) La empresa deberá instalar sistema de medición y previo al inicio de los trabajos, los cuales deberá informar con una antelación de treinta (30) días, a esta Autoridad de Aplicación.-
4°) La empresa deberá presentar mensualmente declaración jurada de los consumos adjuntando registro fotográfico para luego, una vez certificado por esta Autoridad de aplicación, dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, haciéndolo efectivo mediante depósito en cuenta exclusiva para el Canon en Banco Santa Cruz, Nro. Cuenta C/C N° 01-434774/6 CBU 086000110180004377468 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
5°) En caso de no lograr contratarse fehacientemente y por cualquier motivo, el caudal de agua extraído mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerará como habitual el máximo caudal autorizado.-
6°) Si efectuara una extracción mayor a lo permitido, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, e independientemente de las acciones administrativas que se pudieran originar.-
7°) La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.-
8°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y Tribunal de Cuentas. Notifíquese a Mónica RUDD y Guillermo RUDD. Dese a la Dirección General del Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería