Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00036/2025
Edición del 24 Abril 2026
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Disposiciones Completas / publicado el 12 Agosto 2025 / BO 6015

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00036/2025

AUTORIZAR - CEGADO DE LOS POZOS DE MONITOREO - EMPRESA YPF TERMINAL RÍO GALLEGOS
DISPOSICIÓN N° 00036
 
RÍO GALLEGOS, 24 de abril de 2025.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.347-2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la empresa YPF terminal Río Gallegos, solicita dar de baja (Cegar), los pozos de monitoreo denominados PM6, PM8, y PM17 en virtud que los mismos se encuentran sin columna de líquido, por lo que no son operativos;
Que la ubicación de los mismos es PM6 51° 36’ 29.5’’ 69° 14’ 05.6’’ PM8 51° 36’ 30,3’’ 69° 14’ 08,9’’ PM17 51° 36’ 28,8’’ 69° 14’ 04,5’’;
Que los mismos serán cegados, mediante el retiro de las instalaciones en superficie, para luego rellenar la columna de 1,5 a 2 m con grava seleccionada y cementar la parte restante con concreto a base de cemento y bentonita;
Que no se encuentran objeciones técnicas para lo requerido por la empresa;
Que obra dictamen favorable por parte por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, donde en su artículo Nro. 8 sustituye el artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1º) AUTORIZAR a la empresa YPF Terminal Río Gallegos, con domicilio constituido en calle Pueyrredón Nro. 162 de la ciudad de Río Gallegos, al cegado de los pozos de monitoreo denominados PM6 ubicación 51° 36’ 29.5’’ 69° 14’ 05.6’’ PM8 ubicación 51° 36’ 30,3’’ 69° 14’ 08,9’’ PM17 ubicación 51° 36’ 28,8’’ 69° 14’ 04,5’’ en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.-
2°) La empresa deberá informar el inicio y luego la finalización de los trabajos, con la finalidad de que técnicos de la Secretaría logren inspeccionar lo solicitado.-
3°) La empresa, finalizados los trabajos, y en un plazo no mayor a treinta días, deberá presentar, ante esta Secretaría un informe pormenorizado de lo efectuado.-
4º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y Tribunal de Cuentas. Notifíquese a YPF Terminal Río Gallegos. Dese a la Dirección General del Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI