Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.M.-N° 0121/2025
BODY
Edición del 12 Agosto 2025
Ediciones anteriores
Disposiciones Completas
« Ago 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
        1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 31

Secciones



Disposiciones Completas / publicado el 17 Julio 2025 / BO 6008

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.M.-N° 0121/2025

DESISTIR - TRAMITACIÓN DE LA MINA: "LAS PICUDAS" - EMPRESA: MINERA MINAMALU S.A.
DISPOSICIÓN N° 121
 
RÍO GALLEGOS, 03 de junio de 2025.- 
V I S T O :
El Expediente N° 400.125/PG/07, cuyo actual titular es: MINERA MINAMALU S.A. en el cual se tramita la MINA de minerales de Primera Categoría, denominada: “LAS PICUDAS”, Lotes: 19-18, Fracción: “B”, Sección: “XI”, del Departamento: DESEADO de la provincia de Santa Cruz, en predio de las Estancias: “LA BLANCA”, “LAS PICUDAS”, “CERRO COCODRILO” y “EL AMANECER” y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 27 de MAYO del año 2025, se presenta la Sra. ANA MARÍA ABBATE, en su carácter de apoderada de la empresa MINERA MINAMALU S.A.; Consta Acta de Directorio N° 83 de fecha 13/05/2025, el Sr. Cristian López Saubidet en su carácter de Presidente de la empresa citada, acredita tal carácter con el acta de Directorio debidamente certificada y legalizada en la cual solicita el Desistimiento de la Mina de referencia, por bajo potencial geológico; 
POR ELLO:
                
EL SECRETARIO DE ESTADO DE MINERÍA
AUTORIDAD MINERA EN PRIMERA INSTANCIA
D I S P O N E :
 
Artículo 1°.-: TÉNGASE por DESISTIDA la tramitación de la MINA: “LAS PICUDAS”, que la empresa MINERA MINAMALU S.A., gestionaba mediante Expediente N° 400.125/PG/07.-
Artículo 2°.-: PUBLÍQUESE por el término de un (1) día en el Boletín Oficial y por cinco (5) días en pizarra la presente Disposición.-  
Artículo 3°.-: PROCÉDASE por Subsecretaría de Escribanía de Minas, anular el Registro correspondiente a la MINA “LAS PICUDAS” y anótese por marginal la presente disposición.-
Artículo 4°.-: ELIMÍNESE del Padrón Minero y del Catastro Minero Provincial.-
Artículo 5°.-: REGÍSTRESE Protocolícese, tómese nota por Subsecretaría de Escribanía de Minas, y gírese al Área de Catastro Minero y al Área de Economía Minera, para su conocimiento, notifíquese al interesado, dese copia a Fiscalía de Estado y a la Secretaría de Fiscalización y Control Ambiental Energético y Minero, cumplido ARCHÍVESE.-
 
Lic. PEDRO TIBERI
Secretario de Minería
Autoridad de Primera Instancia
Provincia de Santa Cruz
  
Registrado hoy TRES de JUNIO del año DOS MIL VEINTICINCO bajo el número CIENTO VEINTIUNO y protocolizado a la fecha al folio número CIENTO VEINTINUEVE del presente protocolo de Disposiciones.- CONSTE.-
 
Esc. MARIELA L. FERNÁNDEZ
Subsecretaria de Escribanía de Minas
Secretaría de Estado de Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI