DISPOSICIÓN N° 097
RÍO GALLEGOS, 26 de mayo de 2025.-
V I S T O :
El Expediente Nº 426.872/CS/11, cuyo actual titular es la empresa AUSTRALIS S.A. en el cual se solicita un Permiso de Cateo de minerales de Primera y Segunda categoría, denominado: “LA CURVA IV”, Lotes: 03-04-07-08, Fracción: “C”, Sección: V, Lote: 53, Fracción: “3”, Ubicación: Zona Cabo Blanco y Lote: 01, Fracción: “4”, Ubicación: Zona Cabo Blanco del Departamento: Deseado de la provincia de Santa Cruz, en predio de las Estancias: “LA QUINTA”, “LA BEATRIZ” Y “LA PIPERONA” Y;
CONSIDERANDO:
Que el presente Cateo fuera otorgado por Disp. Nº 157, dictada el día 19 de SEPTIEMBRE del año 2024, cuyo vencimiento opera el día 24 de OCTUBRE del año 2027.-
Que con fecha 16 de MAYO del año 2025, se presenta la Sra. ANA MARÍA ABBATE, en su carácter de apoderada de la empresa AUSTRALIS S.A.; Consta Acta de Directorio Nº 122/2025 de fecha 05/05/2025, el Sr. William Timothy Heenan en su carácter de Presidente y único Director Titular de la empresa citada, acredita tal carácter con el acta de Directorio debidamente certificada y legalizada en la cual solicita el Desistimiento del CATEO de referencia, por la falta de interés geológico; que, dicho cateo ha sido otorgado y, la Autoridad Minera está facultada para solicitar información sobre los resultados geológicos de las exploraciones en cualquier etapa del mismo a fin de dar cumplimiento al art. Nº 30 del Código de Minería de la Nación;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE MINERÍA
AUTORIDAD MINERA EN PRIMERA INSTANCIA
D I S P O N E :
Artículo 1º.-: TÉNGASE por DESISTIDO el Permiso de Cateo que la empresa AUSTRALIS S.A., tramita por Expediente Nº 426.872/CS/11, denominado: “LA CURVA IV”.-
Artículo 2º.-: PUBLÍQUESE por el término de un (1) día en el Boletín Oficial y por cinco (5) días en pizarra la presente Disposición.-
Artículo 3º.-: PROCÉDASE por Subsecretaría de Minas, a anular y anotar por marginal la Disposición Nº 157/2024 referente al Otorgamiento de Cateo “LA CURVA IV”.-
Artículo 4º.-: EXÍJASE que en un plazo de treinta (30) días corridos notificada la presente, se de cumplimiento al artículo Nº 30 del C.M.N. bajo pena de multa.-
Artículo 5º.-: REGÍSTRESE, protocolícese, tómese nota por la Subsecretaría de Escribanía de Minas, gírese al Área de Catastro Minero para liberar el área, al Área de Economía Minera para su conocimiento, notifíquese al interesado, dese copia a Fiscalía de Estado y a la Secretaría de Fiscalización y Control Ambiental, Energético y Minero; cumplido, ARCHÍVESE.-
Lic. PEDRO TIBERI
Secretario de Minería
Autoridad de Primera Instancia
Provincia de Santa Cruz
Registrado hoy VEINTISÉIS de MAYO del año DOS MIL VEINTICINCO bajo el número NOVENTA Y SIETE y protocolizado a la fecha al folio número CIENTO CINCO del presente Protocolo de Disposiciones.- CONSTE.-
Esc. MARIELA L. FERNÁNDEZ
Subsecretaria de Escribanía de Minas
Secretaría de Estado de Minería