DISPOSICIÓN N° 00020
RÍO GALLEGOS, 18 de marzo de 2025.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.318/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Minera OroPlata S.A. Yacimiento Cerro Negro, solicita la habilitación de siete (7) pozos de Monitoreo denominados DR13, DR14, DR21, DR22, DR23, DR24 y P4o, en el sector del Dique de Colas y ocho (8) pozos de monitoreo denominados P25, P27, P28, P29, P30, P31 y P33 en los Sectores Distrito Este y Vein Zone, del Yacimiento Cerro Negro;
Que el objeto de los pozos será la de monitorear los acuíferos presentes en inmediaciones del dique de colas, así como monitorear los niveles piezométricos de acuíferos en los Sectores Distrito Este y Vein Zone respectivamente, a fin de prevenir una posible contaminación en el recurso hídrico subterráneo;
Que las perforaciones fueron autorizadas por esta Secretaría de Estado mediante Disposición Nº 003/SERH/2024 y Disposición Nº 049/DPRH/CAP/2023;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia, mediante el cual se analiza la información presentada;
Que obra Dictamen de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica, en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que a través de la Ley prerrogativa Ministerio de Energía y Minería Nº 3854/2024, en su art. 8 sustituye el art. 2 de la Ley Provincial N° 1451, donde establece que la Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales es la Secretaría Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1º) Habilitar a favor de la Empresa Minera OroPlata S.A. Yacimiento Cerro Negro, con domicilio legal en Pasaje E. Feruglio 157 de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, como pozos de Monitoreo Ambiental a las siete (7) perforaciones denominadas DR13, DR14, DR21, DR22, DR23, DR24 y P4o, en el sector del Dique de Colas y ocho (8) perforaciones denominadas P25, P27, P28, P29,P30, P31 y P33 en los Sectores Distrito Este y Vein Zone; teniendo en cuenta los considerandos de la presente.-
Artículo 2°) Las perforaciones se encuentran ubicadas en las siguientes coordenadas, sector dique de colas: DR13: 46 52’6.38”S – 70°12’14.67”O, DR14: 46°52’5.75”S – 70°12’15.51”O, DR21: 46°52’11.21”S – 70°12’41.55”O, DR22: 46°52’17.39”S – 70°12’39.52”O, DR23: 46°51’57.89”S – 70°11’41.19”O, DR24: 46°51’57.95”S – 70°11’41.15”O y P4o: 2406292.26 – 4806855.09, Sectores Distrito Este y Vein Zone: P25: 46º52´19.51”S – 70º9´19.87”O; P27: 46º55´18.13”S – 70º10´54.81”O; P28: 46º54´12.53”S – 70º14´5.46”O; P29: 46º52´46.59”S – 70º18´7.01”O; P30: 46 53’7.23”S – 70°10’50.87”O, P31: 46°53’39.42”S – 70°11’5.84”O, P33: 46°52’5.74”S – 70°16’33.74”O.-
Artículo 3º) La empresa Minera OroPlata S.A., deberá remitir caracterización fisicoquímica del agua (análisis fisicoquímicos y bacteriológicos), en forma semestral.-
Artículo 4º) La empresa Minera OroPlata S.A., deberá remitir las mediciones de los niveles de agua de los pozos de monitoreo en forma trimestral.-
Artículo 5º) La empresa OroPlata S.A., deberá colocar cercado perimetral y la correspondiente cartelería, indicando el nombre del pozo, para su correspondiente identificación.-
Artículo 6º) La empresa OroPlata S.A., deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición N° 01/01 y su modificatoria Disposición N° 044/19, perteneciente a esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, abonando el canon correspondiente a “Tasa por Inspección y Habilitación de Obras Hidráulicas”.-
Artículo 7°) Esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 8º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado Gestión Financiera. Notifíquese a Minera OroPlata S.A. Dese a la Dirección a la Dirección General de Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería