Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00019/2025
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Edición del 03 Julio 2025
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Disposiciones Completas / publicado el 27 Mayo 2025 / BO 5992

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00019/2025

DECLARAR Y SANCIONAR - INCURRE/INFRACCIÓN -  EMPRESA FRIGORIFICO MONTECARLO S.A.
DISPOSICIÓN Nº 00019
 
RÍO GALLEGOS, 13 de marzo de 2025.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.509/2024 - y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el Informe Técnico Final de fecha 11 de marzo de 2025, la empresa Frigorífico Montecarlo S.A., ha incurrido en incumplimientos reiterados en el pago del canon por el usufructo del agua pública, según lo establecido en la Ley 1451 y normativa complementaria;
Que, mediante las diversas notificaciones realizadas por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, la empresa fue debidamente intimada a regularizar su situación, sin que se haya obtenido cumplimiento efectivo;
Que la deuda acumulada corresponde desde el mes noviembre y diciembre 2022 (se realizó pago parcial, dejando un saldo deudor) a enero 2025, conforme a la actualización efectuada por la Dirección General de Certificaciones y Facturación de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos;
Que el artículo 2.2.3.3 de la Ley 1451 establece que la falta de pago a término por el uso de aguas públicas dará lugar a la aplicación de una multa desde cinco mil (5000) módulos, sin perjuicio del pago de las tasas adeudadas;
Que la reincidencia en el incumplimiento agrava la responsabilidad de la empresa y justifica la aplicación de una sanción mayor, de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente;
Que a través de Ley Prerrogativas del Ministerio de Energía y Minería Nro. 38754/24, se sustituye el artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos;
Que por ello se hace necesario dictar el Instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO;
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º: DECLARAR que la empresa FRIGORÍFICO MONTECARLO S.A., con domicilio legal constituido en la calle Almirante Brown 2970, de la localidad de Río Gallegos, en incurre en infracción a los apartados 2.2.3.3 del régimen de multas por contravención de la Disposición 03-03.-
Artículo 2º: SANCIONAR a la empresa FRIGORÍFICO MONTECARLO S.A., con 5000 (mil) módulos, según lo determinado en el artículo 122° de la Ley 1451, teniendo en cuenta los antecedentes, el tenor de la infracción y de acuerdo a los considerados de la presente, los cuales deberán hacerse efectivos en un lapso de 15 (quince) días hábiles de notificado la presente.-
Artículo 3°: ABONAR la multa mediante depósito en el Banco Santa Cruz como CC N° 01-434774/6 CBU 08600011018000437746 “Ministerio de Energía y Minería’’, enviando posteriormente copia de la operación a esta SERH, se requiere que el pago de la misma sea diferenciado del habitual de canon de agua, es decir, por un lado la multa y por el otro la deuda pendiente por el usufructo del recurso hídrico provincial.-
Artículo 4°: La empresa deberá solicitar a la Dirección General de Certificaciones y Facturación la actualización de la deuda correspondiente al día de efectivo pago.-
Artículo 5° NOTIFÍQUESE a FRIGORÍFICO MONTECARLO S.A., y tome conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado de Gestión Financiera, la Dirección General del Boletín Oficial y el Honorable Tribunal de Cuentas. Dese al Boletín Oficial y Cumplido ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI