Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00073/2024
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Disposiciones Completas / publicado el 13 Febrero 2025 / BO 5962

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00073/2024

APROBACIÓN VISADO PLANO DE MENSURA - CHACRA 1516 - CIRC. V - RÍO GALLEGOS
DISPOSICIÓN N° 00073
 
RÍO GALLEGOS, 19 de noviembre de 2024.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.350/2024 iniciado a través de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota presentada por Ing. Agrim. Kaschewski Exequiel (matrícula DPC 130) se solicita el visado de plano de mensura, unificación y división sobre inmuebles denominados como espacios verdes, circunscripción II de la localidad de El Chaltén Departamento Lago Argentino;
Que para el visado de plano de mensura corresponde la delimitación de la línea de ribera en el río de las Vueltas;
Que la línea de ribera establece el fin del dominio público y el principio de la propiedad de los ribereños. La misma deberá ser fijada y demarcada en base a lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación y Leyes complementarias;
Que a través de la Disposición N° 00056/SERH/2024 se aprueba de la línea de ribera entre coordenadas planas Gauss Krüger desde el punto 1 (4536150,103 N - 1435038,356 E) hasta el punto 26 (4535468,1276 N - 1435808,687 E) en el río de las Vueltas en la localidad de El Chaltén - Departamento Lago Argentino;
Que se presentó a esta Autoridad de Aplicación la Planilla de Coordenadas corregidos de acuerdo a lo solicitado por esta Secretaría de Estado, correspondiente a los vértices ubicados sobre margen del río de las Vueltas - Vinculadas a Punto IGN, las que se detallan a continuación:

Norte

Este

Descripción

4536178,78

1435004,49

PF IGN PF9N (387)

4536135,306

1435028,963

1

4536096,463

1435043,045

2

4536063,303

1435046,86

3

4535959,879

1435106,553

4

4535912,45

1435181,635

5

4535889,625

1435241,133

6

4535890,076

1435271,406

7

4535899,896

1435293,674

8

4535910,633

1435314,269

9

4535905,686

1435338,84

10

4535886,374

1435387,675

11

4535833,326

1435415,787

12

4535733,679

1435455,991

13

4535675,149

1435458,604

14

4535622,531

1435468,158

15

4535591,373

1435481,68

16

4535573,806

1435537,225

17

4535554,08

1435580,875

18

4535511,509

1435669,124

19

4535429,989

1435768,864

20

 
Que obra a fojas 41 a 43, dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que a través de de la Ley Prerrogativa Ministerio de Energía y Minería N° 3854/2024 en su artículo 8° se sustituye el artículo 2° de la Ley Provincial N° 1451 donde establece que la Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO;
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1º) APROBAR el visado de la mensura, unificación y división espacios verdes, circunscripción II de la localidad de El Chaltén - Departamento Lago Argentino en la provincia de Santa Cruz.-
2°) Las Coordenadas de la mensura, unificación y división espacios verdes, circunscripción II de la localidad de El Chaltén son los siguientes:
 

Norte

Este

Descripción

4536178,78

1435004,49

PF IGN PF9N (387)

4536135,306

1435028,963

1

4536096,463

1435043,045

2

4536063,303

1435046,86

3

4535959,879

1435106,553

4

4535912,45

1435181,635

5

4535889,625

1435241,133

6

4535890,076

1435271,406

7

4535899,896

1435293,674

8

4535910,633

1435314,269

9

4535905,686

1435338,84

10

4535886,374

1435387,675

11

4535833,326

1435415,787

12

4535733,679

1435455,991

13

4535675,149

1435458,604

14

4535622,531

1435468,158

15

4535591,373

1435481,68

16

4535573,806

1435537,225

17

4535554,08

1435580,875

18

4535511,509

1435669,124

19

4535429,989

1435768,864

20


3°)
Debido a que la localidad de El Chaltén se encuentra adyacente a la margen del río de las Vueltas y que actualmente existe una calle paralela a la margen del río, no se realizará la demarcación del camino de sirga, tal cual lo establece el Código Civil y Comercial de la Nación y normativas complementarias, entre coordenadas Gauss Krügger desde el punto V1 (4536144,470 Norte; 1435012,524 Este) y hasta V19 (4535438 Norte; 1435771,303 Este).-
4°) En sectores que se encuentren lindantes al río de las Vueltas y/o línea de mensura y que además existan loteos, se deberá tener en cuenta para este caso particular la restricción de la construcción en una franja de 3 (tres) metros.-
5°) En sectores que se encuentren lindantes al río de las Vueltas y/o línea de mensura y que además actualmente hay construcciones, ésta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos no se responsabiliza de los daños que podrían causar las crecidas del río o la erosión del agua.-
6°) Atento al carácter declarativo de la determinación de la línea de ribera, aprobada mediante Disposición N° 00056/SERH/2024, los actuales propietarios y/o sucesores universales o particulares de toda o parte de la superficie, no tendrá derecho a reclamo alguno en caso de que toda o parte de la superficie resulte comprendida dentro del dominio público.-
7º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera, Municipalidad El Chaltén y El Tribunal de Cuentas. Notifíquese al interesado. Dese a Dirección General Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI