DISPOSICIÓN N° 0063
RÍO GALLEGOS, 01 de noviembre de 2024.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.339/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que se inició actuaciones administrativas-SUMARIO-, mediante Disposición Nro. 75-DPRH-21;
Que de acuerdo a Informe Técnico obrante a Fs. 642 a 645, finalizaron las diligencias por parte del área instructora;
Que se hace necesario notificar a la parte sumariada, a que realice descargo y presente prueba, dentro de los 15 días, de acuerdo a lo estipulado en el art. 126;
Que obra dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que mediante Ley Nº 3842, de fecha 3 de enero de 2024, art. 9 inciso e, la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, se sustituye el artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo Nº 1: CLAUSURAR el sumario administrativo iniciado mediante Disposición Nro. 75-DPRH-21 a las empresas emplazadas en la Ría Deseado.-
Artículo Nº 2: NOTIFICAR a la empresas: Pesquera El Mar Azul, Empesur, Explotación pesquera de la Patagonia, Vieira Argentina, Argenova S.A., Pesquera Deseado SAU, Pesquera Santa Cruz S.A. y Pesquera Arbumasa, de la presente disposición, a fin de que se presente en el término de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a que alegue en su defensa y ofrezca pruebas, rechazándose por decisión fundada aquellas notoriamente improcedentes.-
Artículo Nº 3: ESTABLECER la sede para visar las actuaciones administrativas en calle Alberdi Nro. 643, en días hábiles y en el horario de 10 a 14 hs.-
Artículo N° 4º: REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y el Tribunal de Cuentas. Notifíquese a Pesquera El Mar Azul, Empesur, Explotación pesquera de la Patagonia, Vieira Argentina, Argenova S.A., Pesquera Deseado SAU, Pesquera Santa Cruz S.A., Pesquera Arbumasa. Dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería