Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00045/2024
Edición del 27 Diciembre 2024
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Disposiciones Completas / publicado el 27 Diciembre 2024 / EE 5948

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00045/2024

RENOVACIÓN PERMISO - CAPTACIÓN DE AGUA SUBTERRÁNEA - EMPRESA PARQUE EÓLICO VIENTOS LOS HÉRCULES S.A
DISPOSICIÓN N° 00045
 
RÍO GALLEGOS, 23 de septiembre de 2024.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.409/SERH/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud obrante en expediente de referencia, la empresa VIENTOS LOS HÉRCULES S.A., solicita autorización para la renovación del permiso de captación de aguas públicas, del pozo denominado PSET1 ubicado a 35 Km. al NO de Pico Truncado en el Establecimiento Los Hércules, Departamento Deseado en la Pcia. de Santa Cruz;
Que al no existir cambios en el caudal requerido, la dotación que se autorizará es de 2,5 m3/día, por un período de doce (12) a partir del día de la fecha;
Que el uso que se le dará al agua extraída será catalogado como uso especial, por lo que se deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/2013 de la Ley 1451;
Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado en boca de pozo;
Que obra Informe técnico a fojas 805-806 en expediente de referencia;
Que asimismo obra dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica; 
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, donde en su artículo Nro. 8 sustituye el artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO;
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) RENOVAR, a la empresa Parque Eólico Vientos Los Hércules S.A., con domicilio Legal constituido en calle Avda. Dr. Néstor Kirchner Nro. 1361 de la Ciudad de Río Gallegos, la Renovación del Permiso para la captación de agua subterránea del pozo denominado PSET1 ubicado a 35 Km al NO de Pico Truncado en el Establecimiento Los Hércules, Departamento Deseado en la Pcia. de Santa Cruz, más precisamente en las coordenadas Lat. S46°38’39.18” Long. O68°22’20.3’’.-
Artículo 2º) La dotación de extracción de agua subterránea que se autoriza es de 2,5 m3/día, por un período de doce (12) meses, a partir del día de la fecha.-
Artículo 3º) La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, la lectura del caudalímetro instalado, en carácter de declaración jurada, con una foto legible y a color de la última lectura, para efectuar la correspondiente certificación.-
Artículo 4º) La captación tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451, o la que en un futuro la reemplace, haciéndolo efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz a la Cuenta Corriente C/C N° 01-434774/6 CBU 0860001101800043477468, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido. Dicho pago deberá ser acreditado en esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dentro de los 30 días siguientes a la correspondiente certificación emitida.-
Artículo 5º) Para realizar la renovación de la presente, la parte interesada deberá solicitarlo formalmente con una antelación de 30 (treinta) días de anticipación a la fecha de vencimiento.-
Artículo 6º) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.-
Artículo 7º) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, e independientemente de las acciones administrativas que dieran origen dicha infracción.-
Artículo 8º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado de Gestión Financiera, y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a Vientos Los Hércules S.A., dese al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI