Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./UN.E.PO.S.C.-N° 0288/2024
Edición del 17 Octubre 2024
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Disposiciones Completas / publicado el 17 Octubre 2024 / BO 5928

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./UN.E.PO.S.C.-N° 0288/2024

APROBAR - MODIFICACIONES EN EL CUADRO TARIFARIO VIGENTE
DISPOSICIÓN N° 288
 
RÍO GALLEGOS, 10 de octubre de 2024.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 425.197/13, iniciado por la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el citado expediente se tramitó la actualización de los importes del Cuadro Tarifario en uso y el ordenamiento del mismo a través de la unificación de los instrumentos legales vigentes relacionados al Cuadro Tarifario;
Que, con fecha 3 de marzo del año 2016, se aprobó mediante Disposición UNEPOSC- N° 022/16, la última actualización del Cuadro Tarifario correspondientes a la totalidad de los servicios prestados por la UN.E.PO.S.C.;
Que la misma cuenta con modificatorias dispuestas mediante Disposiciones N° 040/16 donde se aprobó modificar e incorporar diversas enmiendas a dicho Cuadro Tarifario, N° 149/16, Disposición 214/16 donde se modificaron tarifas en la cuenta de Servicios Varios y Otros Conceptos, Disposición 033/19 modalidad de pago de Servicios Extraordinarios, Disposición 087/22 adecuando los costos de Servicios de Elementos Mecánicos, Permisos de Ocupación y Servicios Técnicos Administrativos;
Que, mediante Licitación Pública Nº 03/2023/UNIRSE, la Un.E.Po.S.C. adquirió una Grúa sobre camión Marca Iron-XCMG Modelo QY70KH de 70 toneladas, para lo cual se crearon las Tarifas correspondientes a aplicar al servicio de la misma;
Que, mediante Disposición Nº 294/23 se modifican las Tarifas de Servicios de Elementos Mecánicos;
Que, por Disposición Nº 011/24, 170/24 se modifica el valor módulo mensual a aplicar;
Que, por Disposición Nº 191/24 se modifican las Tarifa de la Cuenta E.1.8 Permisos de Ocupación – Ocupación de Espacios en Tierra y en Agua – Tarifa I-A;
Que, por Disposición Nº 223/24 se adecuan las Tarifas correspondientes a las Cuentas E.1.0, E.1.4 de Buques Tanque que operan en Monoboya Caleta Olivia; como así también las Tarifas referidas a los Buques Inactivos y a la Cuenta E.1.7 por Servicios Técnicos Administrativos;
Que por Disposición Nº 285/24 se actualizan las Tarifas correspondientes a la Cuenta E. 1.5 Servicios de Elementos Mecánicos;
Que mediante Decreto 1644/13 y 433/18 se establece que es función y facultad del Coordinador General de la UN.E.PO.S.C., aprobar el Cuadro Tarifario y dictar las Normas de aplicación complementarias a utilizar para facturar los servicios que se presten;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por Ello y atento a Dictamen AL-UN.E.PO.S.C. Nº 217/24, emitido por la Asesoría Letrada de la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz, obrante a foja 377;
 
LA COORDINADORA GENERAL DE LA
UNIDAD EJECUTORA PORTUARIA DE SANTA CRUZ
D I S P O N E :
 
Artículo 1º: APROBAR.- las modificaciones en el Cuadro Tarifario Vigente referidas a las Cuentas E.1.8 Derecho de Explotación a las Actividades; con vigencia a partir del 1º de noviembre del 2024, las cuales quedan expresadas en el Anexo I el cual forma parte del presente Instrumento Legal.-
Artículo 2º: PASE a las distintas dependencias orgánicas internas y Administrativas de los cinco Puertos Provinciales, a sus efectos tomen conocimiento Honorable Tribunal de Cuentas, Boletín Oficial, Empresas de Servicios Portuario, Permisionarios, Armadores, Agencias Marítimas y cumplido ARCHÍVESE.-
 
SELSA ESTHER HERNÁNDEZ
Coordinadora General
UN.E.PO.S.C.
 
 
 
ANEXO I
 
Queda expresado de la siguiente manera en el Cuadro Tarifario Vigente las nuevas Tarifas referidas a la Cuenta E.1.8 Derecho de Explotación a las Actividades; con vigencia a partir del 1º de Noviembre del 2024.
 
CUENTA E.1.8 – PERMISOS DE OCUPACIÓN
DERECHOS DE EXPLOTACIÓN – TARIFA II A
 

CÓD. TARIFA

TARIFA

CÓD. UNID

TIPO DE ACTIVIDADES

852

187,50

BAS

Astilleros, Talleres y Carpinterías Navales, Talleres en General, Varaderos, etc.

854

15,00

ALI

856

187,50

BAS

Depósitos abiertos o cerrados, Cisternas, Silos, Balanzas, Tolvas, etc.; ubicados sobre el muelle o aledaños.

858

87,50

ALI

860

187,50

BAS

Planta de Elaboración o Almacenamiento de Petróleo y sus Derivados, Planta de Elaboración o Almacenamiento de Productos Químicos, Planta de Almacenamiento de Combustibles y Lubricantes para Suministro a Buques en  Puerto.

862

12,50

ALI

864

187,50

BAS

Espacio para: Estación de Servicio y/o Proveedor de Combustible y/o Aceites para Vehículos; Galpones para depósitos de Elementos de trabajo de Empresas de Estiba y/o de Amarre, y estacionamiento de equipos de éstas; Galpones para depósitos de Proveedurías Marítimas y/o de otro tipo de Proveedores, etc.

866

20,00

ALI

 

868

187,50

BAS

Espacio para oficinas de: Agencias Marítimas, Despachantes de Aduana, Empresas de Estibaje y/o Amarre, Proveeduría Marítima.

870

87,50

ALI

 

872

187,50

BAS

Areneros y Plantas Elaboradoras de Hormigón, Instalaciones Accesorias (Silos, Piletas, Tolvas), Acopios, cualesquiera sean  sus capacidades, cantidad o elementos (guinches fijos, cintas

874

25,00

ALI

transportadoras, etc.) que integren la concesión.

876

187,50

BAS

Espacio para: Depósitos Abiertos o Cerrados, Refrigerados o no, de insumos o productos elaborados por Establecimientos Industriales, Frigoríficos, etc.

878

20,00

ALI

Industrias Frigoríficos y Plantas Procesadoras de productos de mar.

880

4.000,00

BAS

Uso de espejo de agua por Monoboya

 

882

 

884

 

187,50

 

12,50

 

BAS

 

ALI

Otros Comercios, Confiterías, Kioscos, Restaurantes, Cabinas telefónicas y similares.

886

7.500,00

BAS

Uso de espejo de agua por parte de Artefacto Naval Fijo y/o Móvil para exploración/explotación hidrocarburífera.

890

-.-

UNO

OTROS (tarifa a determinar según el caso).

 
 
BASE: Tarifa en módulo por tipo de actividad y por mes, conforme al siguiente detalle:
 
  • BÁSICA: Aplicable a todas las actividades.
  • ALÍCUOTA: Cada 100 m2 o fracción de acuerdo a actividades según se indica en el cuadro.
FORMA DE FACTURAR: Tarifa básica, más alícuota.
NOTA: La Autoridad de Aplicación podrá fijar tarifas de zafra o estacionales y las que correspondan al CT 890

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI