DISPOSICIÓN N° 285
RÍO GALLEGOS, 09 de octubre de 2024.-
V I S T O :
El Expediente MP-Nº 425.197/13, iniciado por la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el citado expediente se tramitó la actualización de los importes del Cuadro Tarifario de esta UN.E.PO.S.C., y el ordenamiento del mismo a través de la unificación de los instrumentos legales vigentes relaciones con el Cuadro Tarifario;
Que con fecha 3 de marzo del año 2016, se aprobó mediante Disposición N° 022/16, la última actualización del Cuadro Tarifario correspondientes a la totalidad de los servicios prestados por la UN.E.PO.S.C.;
Que la misma cuenta con modificaciones dispuestas mediante Disposiciones N° 040/16 donde se aprobó modificar e incorporar diversas enmiendas a dicho cuadro tarifario, y la N° 149/16, Disposición 214/16 donde se modificaron tarifas en la cuenta de Servicios Varios y otros Conceptos, Disposición 033/19 modalidad de pago de Servicios Extraordinarios, Disposición 087/22, Disposición 294/23 adecuando los costos de Servicios de Elementos mecánicos, Permisos de Ocupación y Servicios Técnicos Administrativos;
Que, por Disposición N° 011/24, 170/24 se modifica el valor módulo mensual a aplicar;
Que, por Disposición N° 191/24 se modifican las tarifas de la Cuenta E.1.8 Permisos de Ocupación – Ocupación de Espacios en Tierra y en Agua - Tarifa I-A;
Que, por Disposición N° 223/24 se modifican las tarifas de la Cuenta E.1.0 y E.1.4 de Buques tanque que operan en la Mono boya de Caleta Olivia, como así también tarifas referidas a los Buque inactivos;
Que mediante Decreto 1644/13, se establece que es función y facultad del Coordinador General de la UN.E.PO.S.C., aprobar el Cuadro Tarifario y dictar normas de aplicación complementarias;
Que acorde a los servicios prestados por esta UN.E.PO.S.C. encuadrados en Cuenta E.1.5, en elementos mecánicos; Grúas de más de 70tn, Grúas de más de 40tn hasta 70tn, Grúas de más de 70tn hasta 90tn, Moto estibadoras de 2.5tn, , Moto estibadoras de 4tn, , Moto estibadoras de 7tn, es necesario actualizar tarifas correspondientes a aplicar al servicio de la misma;
Que nada obsta para proceder en consecuencia; Por ello y atento a Dictamen AL-N° 216/24, emitido por la Asesoría Letrada de la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz, obrante a fojas 369 y 370;
EL COORDINADOR GENERAL DE LA
UNIDAD EJECUTORA PORTUARIA DE SANTA CRUZ
D I S P O N E :
Artículo 1º.- APROBAR.- las modificaciones en el Cuadro Tarifario Vigente referidas a la Cuenta E.1.5. SERVICIOS DE ELEMENTOS MECÁNICOS, las cuales quedan expresadas en el Anexo 1, el cual forma parte del presente instrumento legal.-
Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que dicha modificación entrará en vigencia en el Cuatro Tarifario a partir del día 1° de noviembre del año 2024.-
Artículo 3º.- PASE, a las distintas dependencias orgánicas internas y Administrativas de los cinco Puertos Provinciales, a sus efectos tomen conocimiento Honorable Tribunal de Cuentas, Empresas de Servicios Portuario, Permisionarios, Armadores, Agencias Marítimas, una vez cumplido el trámite remítase a esta UN.E.PO.S.C., y cumplido ARCHÍVESE.-
SELSA ESTHER HERNÁNDEZ
Coordinadora General
UN.E.PO.S.C.
ANEXO I
Queda expresado de la siguiente manera en el Cuadro Tarifario Vigente las nuevas Tarifas de servicios de elementos mecánicos correspondientes a la Cuenta E.1.5 a partir del 1° de noviembre del 2024.-
CUENTA E.1.5.
SERVICIOS DE ELEMENTOS MECÁNICOS
ALQUILER DE GRÚAS LOCOMÓVILES
ALQUILER DE GRÚAS HASTA 40 TN
CUENTA E. 1.5.
CÓDIGO
TARIFA
|
CÓDIGO
UNIDAD
|
VALOR
UNITARIO
|
TIPO DE TURNO
|
510
|
TON
|
120
|
TURNO ORDINARIO
|
512
|
TON
|
450
|
TURNO EXTRAORDINARIO
|
EN HORARIO HABIL
|
ALQUILER DE GRÚAS DE MÁS DE 40 TN HASTA 70 TN
CUENTA E. 1.5.
CÓDIGO
TARIFA
|
CÓDIGO
UNIDAD
|
VALOR
UNITARIO
|
TIPO DE TURNO
|
518
|
TON
|
200
|
TURNO ORDINARIO
|
520
|
TON
|
680
|
TURNO EXTRAORDINARIO
|
EN HORARIO HABIL
|
ALQUILER DE GRÚAS DE MÁS DE 70 TN HASTA 90 TN
CUENTA E. 1.5.
CÓDIGO
TARIFA
|
CÓDIGO
UNIDAD
|
VALOR
UNITARIO
|
TIPO DE TURNO
|
514
|
TON
|
290
|
TURNO ORDINARIO
|
516
|
TON
|
900
|
TURNO EXTRAORDINARIO
|
EN HORARIO HÁBIL
|
BASE: Tarifa en módulos por turno según “ANEXO B – Distribución de Turnos” o Fracción.
OBSERVACIONES: En la orden de servicio se deberá aclarar la locación donde se desarrollarán las tareas, siendo las opciones “MUELLE” o “PREDIO PORTUARIO”. Se discriminará turnos, por empresa o por buque, según corresponda.
CUENTA E.1.5.
SERVICIOS DE ELEMENTOS MECÁNICOS
ALQUILER DE MOTOESTIBADORAS
CUENTA E. 1.5.
CÓDIGO
TARIFA
|
CÓDIGO
UNIDAD
|
VALOR
UNITARIO
|
DE 2.5 TONELADAS
|
540
|
TON
|
70
|
TURNO ORDINARIO
|
542
|
TON
|
250
|
TURNO EXTRAORDINARIO
|
EN HORARIO HABIL
|
CÓDIGO
TARIFA
|
CÓDIGO
UNIDAD
|
VALOR
UNITARIO
|
DE 4 TONELADAS
|
548
|
TON
|
85
|
TURNO ORDINARIO
|
550
|
TON
|
350
|
TURNO EXTRAORDINARIO
|
EN HORARIO HABIL
|
CÓDIGO
TARIFA
|
CÓDIGO
UNIDAD
|
VALOR
UNITARIO
|
DE 7 TONELADAS
|
556
|
TON
|
100
|
TURNO ORDINARIO
|
558
|
TON
|
400
|
TURNO EXTRAORDINARIO
|
EN HORARIO HABIL
|
SERVICIOS FUERA DE LA JURISDICCIÓN PORTUARIA
CUENTA E. 1.5.
CÓDIGO
TARIFA
|
CÓDIGO
UNIDAD
|
VALOR
UNITARIO
|
SERVICIOS FUERA DE LA JURISDICCIÓN PORTUARIA
|
570
|
TON
|
-.-
|
SE FACTURARÁN CON EL 20% COMO MÍNIMO DE RECARGO SOBRE LA TARIFA PERTINENTE.
|
BASE: Tarifa en módulos por turno según “ANEXO B – Distribución de Turnos” o Fracción.
OBSERVACIONES: En la orden de servicio se deberá aclarar la locación donde se desarrollarán las tareas, siendo las opciones “MUELLE” o “PREDIO PORTUARIO”. Se discriminará turnos, por empresa o por buque, según corresponda.