DISPOSICIÓN N° 089
RÍO GALLEGOS, 02 de julio de 2024.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 425.009/24; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 021-SEPyA con fecha 30 de abril de 2024 se inició sumario administrativo al señor Cristian Alejandro AGUIRRE, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, pescando sin el correspondiente permiso el día 09 de febrero de 2024, en el paraje o pozón denominado “punta verde” curso de agua “río Santa Cruz”;
Que notificado a fojas 11/13 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del art. 67° del Decreto 195/83;
Que del análisis del actuado, se halla probada la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado incurso en el art. 57° inc. 1) punto 1.1 del Decreto N° 195/83;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 01056/24, emitido por la Dirección General de Asesoría Legal, obrante a fojas 17 y vuelta;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE PESCA Y ACUICULTURA
D I S P O N E :
1º.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado mediante Disposición N° 021-SEPyA con fecha 30 de abril de 2024 al señor Cristian Alejandro AGUIRRE, (Clase: 2002 - D.N.I. Nº 44.101.860) hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos.-
2º.- SANCIONAR al señor Cristian Alejandro AGUIRRE, con multa de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000,00) - 10-(pesca sin permiso), falta tipificada en el artículo 57°, inc. 1) punto 1.1 del Decreto N° 195/83, de acuerdo a los considerandos de la presente.-
3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Cristian Alejandro AGUIRRE, mediante Boletín Oficial, que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria - Cuenta N° 416125-8, CUIT N° 30-71066083-9, CBU N° 0860001101800041612586, Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de multa, de acuerdo al art. 72° del Decreto N° 195/83.-
4º.- PASE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
HAROLD JOHN BARK
Secretario de Estado de Pesca
y Acuicultura
Ministerio de la Producción,
Comercio e Industria