DISPOSICIÓN N° 019
RÍO GALLEGOS, 10 de julio de 2024.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.237/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota AM N° 06/2024 AM obrante en el expediente a fojas 512, la empresa “Enap Sipetrol Argentina S.A. - Y.P.F. S.A.”; solicita renovación del permiso de vertido de efluentes sanitarios y asimismo presenta protocolo de análisis físico; químicos y bacteriológicos de los efluentes con el fin de complementar la información para la renovación del permiso de vertido en la Batería de Recepción del Área de Magallanes;
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es a través de una planta FILTOMAT, la cual integra un sistema de tratamiento biológico y una separación sólido-líquido clarificado, concentrado de barros, con tratamiento terciario de filtrado del efluente y desinfección para reusó de agua;
Que el caudal máximo de vertido será 25 m3/día, el cual guarda relación con la cantidad de personas que se encuentran en el lugar;
Que el permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha y por un período de 12 (doce) meses;
Que mediante lo establecido en disposición N° 020/13 “Sistema tarifario por uso especial de agua” de la Ley N° 1451 corresponde realizar el pago de canon por vertido;
Que obra informe técnico realizado por esta SERH a fojas N° 525, del expediente de referencia, sin objeciones técnicas a lo solicitado por la empresa;
Que mediante Ley N° 3842 de fecha 3 de enero de 2024, art. 9° inciso e); la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es autoridad de aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que obra a fojas N° 530/531 dictamen N° 022/SALH/SERH/MEyM/2024 emitido por la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica; sin observaciones jurídicas que formular para dar continuidad al trámite correspondiente;
POR ELLO;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1°) RENOVAR permiso a la empresa Enap Sipetrol con domicilio constituido en la calle San Juan N° 641 de la localidad de Río Gallegos, para el vertido de efluentes sanitarios en la Batería de Recepción Magallanes, en siguientes coordenadas:
- Latitud: 52°19’44.36’’S
- Longitud: 68°24’0.54’’O
Artículo 2°) Se autoriza un vertido diario máximo de 25 m3 (Veinticinco) metros cúbicos.-
Artículo 3°) El permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha por un lapso de 12 meses.-
Artículo 4°) Deberán enviar trimestralmente los análisis físico-químicos y bacteriológicos del efluente sanitario.-
Artículo 5°) La empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, la lectura del caudalímetro con la cantidad de efluente vertido en carácter de declaración jurada.-
Artículo 6°) Si efectuará una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido; independientemente de las acciones administrativas que se dieran origen, producto de dicha infracción.-
Artículo 7°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta del Ministerio de Energía y Minería; C/C N° 01-434774/6 CBU 0860001101800043477468, Sucursal Río Gallegos previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 8°) En caso de constatar afectación al recurso hídrico, la Autoridad de Aplicación procederá a revocar el permiso otorgado y cumplirá con lo dispuesto en la Normativa Vigente.-
Artículo 9°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado de Gestión Financiera. Notifíquese a Enap Sipetrol, dese al Honorable Tribunal de Cuentas; Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería