Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.EyE/S.E.R.H-N° 00017/2024
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Disposiciones Completas / publicado el 10 Octubre 2024 / BO 5926

DISPOSICIÓN M.EyE/S.E.R.H-N° 00017/2024

RENOVACIÓN PERMISO - VERTIDO DE EFLUENTES SANITARIOS - EMPRESA MINERA SANTA CRUZ S.A. - PUESTO TRANQUERA/GARITA
DISPOSICIÓN N° 00017
 
RÍO GALLEGOS, 02 de julio de 2024.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.312/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Minera Santa Cruz S.A., solicita la renovación del permiso para el vertido de efluentes sanitarios del Puesto tranquera y Puesto Garita, del Prospecto Minero San José;
Que los efluentes provenientes de los sanitarios, serán conducidos hacia un biodigestor, para su tratamiento y posterior vertido;
Que los metros cúbicos vertidos de efluentes sanitarios, serán controlados mediante la lectura del caudalímetro instalado a la salida de la planta de tratamiento;
Que obra protocolos de análisis fisicoquímicos y bacteriológicos de muestras del efluente previo a su vertido;
Que la empresa de acuerdo al art.6, perteneciente a la Ley 1451 y su modificatoria mediante Ley 2701/04, deberá cumplimentar con la Disposición N° 04/96 o la que la reemplace en un futuro;
Que la empresa deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/13 o la que la reemplace en un futuro;
Que el permiso se extenderá por un periodo de doce (12) meses desde el día de la fecha;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que obra Dictamen de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica, en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que a través de la Ley prerrogativa Ministerio de Energía y Minería Nº 3854/2024, en su art. 8 sustituye el art. 2 de la Ley Provincial N° 1451, donde establece que la Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales es la Secretaría Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) Renovar permiso a favor de la Empresa Minera Santa Cruz S.A., con domicilio legal en General Mosconi 247, de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, para realizar el vertido de efluentes sanitarios provenientes del Puesto Tranquera y Puesto Garita pertenecientes al Proyecto San José; de acuerdo a lo presentado y a la Normativa Vigente.-
Artículo 2°) Los efluentes serán conducidos hacia un biodigestor para el tratamiento de los efluentes sanitarios.-
Artículo 3°) El punto de descarga final será para el Puesto Garita en las coordenadas Lat.46.648687 - Long.70.284252, y para el Puesto Tranquera en las coordenadas Lat.46.452135 - Long.70.182280, previo a pasar por una cámara de monitoreo, se realizará la descarga en el suelo.-
Artículo 4°) Se autoriza la descarga de un máximo de veinticuatro metros cúbicos por mes (24 m3/mes) de efluentes sanitarios, de acuerdo a la cantidad de personas declaradas.-
Artículo 5°) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá presentar en forma trimestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua previo al vertido (salida del biodigestor), caso contrario no se renovará los permisos.-
Artículo 6°) El permiso se extenderá por un período de doce (12) meses desde el día de la fecha.-
Artículo 7°) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá presentar ante las oficinas de esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, junto a la declaración jurada de consumos, la declaración de los metros cúbicos vertidos, en forma mensual.-
Artículo 8º) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición Nº 020/2013 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” o la que la reemplace en un futuro.-
Artículo 9°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito o transferencia al Banco Santa Cruz, Cta. Cte. Nº 01-434774/6 - CBU 0860001101800043477468 Suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 10º) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua vertida de forma mensual, y siempre que no implique una contravención a la Ley 1451, se considerara como habitual el máximo caudal a verter autorizado.-
Artículo 11º) Si efectuara un mayor caudal vertido a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que se dieran origen, producto de dicha infracción.-
Artículo 12º) La empresa Minera Santa Cruz S.A., para renovar permisos deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nro. 044/19 “Tasa por inspección y habilitación de obras hidráulicas” o la que la reemplace en un futuro, cuyo pago deberá hacerse efectivo mediante depósito o transferencia al Banco Santa Cruz, Cta. Cte. Nº 01-434773/9 - CBU 0860001101800043477390 Suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 13º) El permisionario deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 03/03, “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” o la que la reemplace en un futuro.-
Artículo 14) La Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 15°) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada será analizada por ésta Secretaría de Estado.-
Artículo 16°) La Secretaría de Estado de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, presentados en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 17º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado Gestión Financiera. Notifíquese a Minera Santa Cruz S.A. Dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI