DISPOSICIÓN Nº 0011
RÍO GALLEGOS, 30 de mayo de 2024.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.205/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos (SERH) dependientes del Ministerio de Energía y Minería y;
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el expediente del visto, la empresa CGC S.A., solicita el permiso de vuelco de efluentes sanitarios eventual durante la perforación y actividades complementarias del pozo denominado ECO51 (ECONN6);
Que el vertido de efluentes previamente tratados, será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada: Lat. 50°39’28.47’’Long 71°13’45.02’’;
Que el efluente vertido será contabilizado a través de caudalímetro;
Que la empresa presenta la correspondiente autorización del superficiario, obrante a fs.4;
Que el tratamiento al que será sometido el efluente, será a través de etapas de aireación, clarificación y cloración, según consta memoria técnica obrante a fs. 6 a 14;
Que mediante lo establecido en Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451 corresponde realizar el pago de canon por vertido;
Que obra informe técnico realizado por esta SERH a fojas Nro. 15, del expediente del visto, sin objeciones a lo solicitado;
Que asimismo obra dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Hídrica, obrante a fs. 19 y 20;
Que mediante Ley Nº 3842, de fecha 3 de enero de 2024, art. 9 inciso e), la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1º) OTORGAR, a la empresa CGC S.A., con domicilio legal constituido en la calle Alberdi 232 de la localidad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz; permiso para el vertido eventual de efluentes sanitarios, previamente tratados, durante la perforación y puesta en servicio del pozo denominado ECO51 (ECONN6), en el establecimiento denominado “Estancia Cerro Blanco/Azucena”.-
2°) La dotación máxima que se autoriza para el vertido será de 9 m3/día por Planta, la empresa deberá informar la finalización de cada etapa.-
3°) El vertido de efluentes previamente tratados, será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada: Lat. 50°39’28.47’’Long 71°13’45.02’’-
4°) Toda novedad en relación a las instalaciones referidas al tratamiento de efluentes sanitarios, deberá ser comunicada a la Autoridad, en el momento en que el usuario tome conocimiento de lo descripto, especialmente aquellas que hacen al funcionamiento del instrumental y su seguridad, tendiente a que la explotación sea cuantificable correctamente, dicho aviso deberá ser efectuado a la Autoridad de Aplicación en forma inmediata de detectada la anomalía, debiendo en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas (48 Hs.).-
5º) La empresa deberá presentar ante las oficinas de ésta Secretaría, la lectura del caudalímetro con la cantidad de efluente vertido en carácter de Declaración Jurada.-
6º) El canon por vertido de efluentes deberá hacerse efectivo mediante deposito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta del Ministerio de Energía y Minería, C/C N° 01-434774/6 CBU 0860001101800043477468, Su. Río Gallegos previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
7°) La empresa ante cada etapa complementaria del pozo ECO51 (ECONN6) deberá realizar el correspondiente pago por Tasa por inspección a la cuenta del Banco Santa Cruz del Ministerio de Energía y Minería C/C N° 01-434773/9 CBU 0860001101101800043477390.-
8º) CGC S.A., deberá presentar en las oficinas de esta SERH protocolo de análisis de la muestra, previa descarga del efluente, según lo obrante en fs. 1.-
9º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministro de Energía y Minería, Secretaría de Estado de Gestión Financiera y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a CGC S.A. Dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería