Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN S.E.R.H/M.EyM.-N° 0010/2024
Edición del 03 Octubre 2024
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Disposiciones Completas / publicado el 01 Octubre 2024 / BO 5923

DISPOSICIÓN S.E.R.H/M.EyM.-N° 0010/2024

OTORGAR PERMISO - VERTIDO DE EFLUENTES SANITARIOS - EMPRESA INVERSIONES MELIQUINA S.A
DISPOSICIÓN Nº 0010
 
RÍO GALLEGOS, 22 de mayo de 2024.-
V I S T O :
El Expediente Nº 488.135/2011, iniciado por el Consejo Agrario Provincial, ahora en adelante a través de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Inversiones Meliquina S.A., Hotel Explora El Chaltén, solicita permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previo tratamiento;
Que los efluentes serán conducidos hacia una planta de tratamiento, la cual procesa las aguas provenientes de la cocina, baños y dormitorios. La misma utiliza el sistema del tipo lodos activados con cámaras de tratamiento anaeróbicas durante la primera etapa, aeróbica durante la segunda etapa, con desinfección por cloración al final del proceso y previo al vuelco;
Que los efluentes vertidos serán contabilizados mediante la lectura del caudalímetro instalado en la salida de la planta de tratamiento;
Que la empresa de acuerdo al art.6 y su modificatoria mediante Ley 2701/04, perteneciente a la Ley 1451, deberá cumplimentar con la Disposición N° 04/96 o la que la reemplace en un futuro;
Que la empresa deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/2013 o la que la reemplace en un futuro;
Que el permiso se extenderá por un periodo de doce (12) meses, desde el día de la fecha;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 3842, de fecha 3 de enero de 2024, art. 9 inciso e), la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO;

EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1°) Otorgar permiso, a favor de la empresa Inversiones Meliquina S.A. - Hotel Explora El Chaltén, con domicilio legal en la calle Chacabuco 78 de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz; para realizar el vertido de efluentes sanitarios provenientes del Hotel, previo tratamiento; de acuerdo a los considerandos de la presente.-
Artículo 2°) El volumen permitido máximo a verter, teniendo en cuenta el modelo de la planta de tratamiento instalada RSDC30, será de un caudal máximo de treinta 30 m3/día.-
Artículo 3º) La descarga se realizará mediante lecho filtrante sobre el terreno natural, en las coordenadas Lat. Sur 49°13´59,34” - Long. O 72°57´50,35”.-
Artículo 3°) El permiso se extenderá por un período de doce (12) meses, desde el día de la fecha.-
Artículo 4°) La empresa deberá presentar en forma mensual, protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras del efluente antes de su descarga.-
Artículo 5°) La empresa Inversiones Meliquina SA., deberá presentar ante las oficinas de esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, junto a la declaración jurada de consumos, la declaración de los metros cúbicos vertidos y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.-
Artículo 6º) La empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición Nº 020/2013 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” o la que la reemplace en un futuro.-
Artículo 7°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante transferencia al Banco Santa Cruz, Cta. Cte. Nº 01-434774/6 - CBU 0860001101800043477468 Suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 8º) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída de forma mensual, y siempre que no implique una contravención a la Ley 1451, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.-
Artículo 9º) Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 03/03, “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” o la que la reemplace en un futuro.-
Artículo 10º) Esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 11°) La empresa Inversiones Meliquina S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de vertido, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de esta Secretaría de Estado.-
Artículo 12°) Esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 13º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado Gestión Financiera. Notifíquese a Inversiones Meliquina S.A. Dése a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI