DISPOSICIÓN Nº 00008
RÍO GALLEGOS, 10 de mayo de 2024.-
V I S T O :
El Expediente Nº 494.466/2021, iniciado por el Consejo Agrario Provincial, ahora en adelante, a través de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos (SERH) y;
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa AUSTRALIS S.A., solicita autorización para la captación de agua pública en el marco del proyecto denominado “SASCHA - MARCELINA”;
Que la captación de agua pública se realizará en la aguada denominada “LA CAÑADA” coordenadas del punto de captación S 47º48’’59’’ O 70º9’40.2’’ dentro de la estancia “LA CAÑADA;
Que la dotación a autorizar será de 60 m3/día para la aguada La Cañada destinado a uso especial (industrial), en función de los trabajos de sondaje que procederán a efectuar;
Que el uso que se le dará al agua extraída, será catalogado como uso industrial, por lo que se deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición Nro. 020/13 de la Ley 1451;
Que obra informe técnico a fojas Nro. 430, del expediente de referencia;
Que asimismo obra dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que mediante Ley Nº 3842, de fecha 3 de enero de 2024, art. 9 inciso e, la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1º) AUTORIZAR la Renovación: a la empresa AUSTRALIS S.A., con domicilio real en calle Liniers Nro. 370, Barrio Bombal, Godoy Cruz provincia de Mendoza y domicilio legal constituido en pasaje Feruglio Nro. 157 de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz; para la extracción de agua para uso industrial, en la aguada denominada “LA CAÑADA” coordenadas del punto de captación S 47º48’’59’’ O 70º9’40.2’’ dentro de la estancia “LA CAÑADA.-
Artículo 2°) La dotación de extracción de agua que se autoriza será de sesenta metros cúbicos día (60 m3/d), para la aguada “LA CAÑADA” por un período de doce (12) meses, a partir del mes de febrero de 2024.-
Artículo 3º) La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, Planilla de Consumos en carácter de declaración jurada, en la misma se deberá reflejar la lectura del caudalimetro instalado, con una foto legible y a color de la última lectura, exponiendo los consumos del agua extraída para efectuar la correspondiente certificación.-
Artículo 4º) La captación tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451, o la que en un futuro la reemplace, haciéndolo efectivo mediante deposito en el Banco Santa Cruz a la Cuenta Corriente C/C N° 01-434774/6 CBU 0860001101800043477468, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido. Una vez realizado el pago deberá enviar copia del comprobante del mismo a esta Secretaría de Estado.-
Artículo 5°) El presente fue elaborado a partir de documentación suministrada por la parte interesada, en carácter de declaración jurada.-
Artículo 6º) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.-
Artículo 7º) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, e independientemente de las acciones administrativas que dieran origen dicha infracción.-
Artículo 8°) Para la renovación de la presente, la parte interesada deberá solicitarlo formalmente con una antelación de 30 días corridos a la fecha de caducidad.-
Artículo 9º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado de Gestión Financiera, y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a AUSTRALIS S.A. Dese al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería