DISPOSICIÓN Nº 00006
RÍO GALLEGOS, 08 de mayo de 2024.-
V I S T O :
El Expediente Nº 485.913/2008, iniciado por el Consejo Agrario Provincial, ahora en adelante a través de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera Estelar Resources LTD S.A., solicita autorización para la perforación de un (1) pozo tendiente a la captación de agua, denominado GW23-42, ubicado en del Sector Veta olvidada de la Ea. El Mosquito del Yacimiento Cerro Moro;
Que será la empresa Andrés Jolly Perforaciones, la que realice los trabajos de perforación, la cual se encuentra inscripta en el Registro de Empresas Perforadoras, perteneciente a esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos;
Que el objeto de las perforaciones será la de abastecer los procesos industriales en el yacimiento minero.-
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 3842, de fecha 3 de enero de 2024, art. 9 inciso e, la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1°) Otorgar permiso, a favor de la empresa Minera Estelar Resources LTD S.A., con domicilio legal en Pasaje E. Feruglio 157 de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz; para realizar la perforación de un (1) pozo exploratorio de agua denominados GW23-42, ubicado en el Yacimiento Cerro Moro; de acuerdo a los considerandos de la presente.-
Artículo 2º) La perforación se realizará tentativamente en las siguientes coordenadas: GW23-42: Lat. 48º09´1.340”S - Long. 66º37´26.364”O Sector Veta Olvidada Ea. El Mosquito.-
Artículo 3º) El permisionario deberá comunicar a esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, el inicio y la finalización de los trabajos de perforación, remitiendo Memoria descriptiva y técnica de las perforaciones realizadas, con la siguiente información:
* Ubicación georreferenciada en coordenadas geográficas formato papel y digital Gis .shp – kmz, EPSG 4326 (datum WGS84).-
* Perfiles litológicos.-
* Ensayos de bombeo y de Recuperación en formato papel y digital.-
* Determinación de los niveles estáticos y dinámicos.-
* Profundidad total, profundidad del entubado.-
* Diámetro de la cañería guía.-
* Tipo y profundidad de filtros.-
* Profundidad y tipo de grava utilizada.-
* Registro fotográfico.-
* Caracterización química del agua (análisis fisicoquímicos, bacteriológicos y de hidrocarburos totales)
Se otorgará un plazo de diez (10) días hábiles, a partir de la conclusión de la perforación, para su presentación.-
Artículo 4°) La empresa deberá realizar las correspondientes gestiones administrativas, en esta Secretaría de Estado para la habilitación de los pozos de monitoreo mencionados.-
Artículo 5°) Esta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 6º) Regístrese. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado Gestión Financiera. Notifíquese a Minera Estelar Resources LTD S.A. Dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería