DISPOSICIÓN N° 049
RÍO GALLEGOS, 05 de abril de 2024.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 424.523/23; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición Nº 020/SEPyA/2024 se inició sumario administrativo al señor Diego Fernando BÁEZ, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, pescando sin permiso y con elementos prohibidos, el día 17 de diciembre de 2023, en el establecimiento ganadero “Valles Cruzados” paraje y/o pozón denominado “Puente Blanco”, en el curso de agua “río Gallegos”;
Que notificado a fojas 11/14 mediante Boletín Oficial de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del art. 67 del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado, se hallan probadas las infracciones imputadas;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado, incurso en el artículo 57° inc. 1) punto 1.1 y 1.3 del Decreto N° 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464 y 1723;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 0326/24, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 18 y vuelta;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE PESCA Y ACUICULTURA
D I S P O N E :
1º.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado mediante Disposición Nº 020/SEPyA/2024 al señor Diego Fernando BÁEZ (Clase: 1981 - D.N.I. Nº 28.553.077) hallándose confeso de las infracciones imputadas, por lo expresado en los considerandos.-
2º.- SANCIONAR al señor Diego Fernando BAEZ con multa de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000,00) - 10 módulos - (pescar sin permiso), más la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00) - 5 módulos – (pescar con elementos prohibidos) faltas tipificadas en el artículo 57°, inc.1) punto 1.1 y 1.3, del Decreto N° 195/83, de acuerdo a los considerandos de la presente.-
3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Diego Fernando BAEZ, mediante Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz, quien contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Ministerio de la Producción Comercio e Industria – Cuenta N° 416125-8, CUIT N° 30-71066083-9, CBU N° 0860001101800041612586, Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales), pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de multas, de acuerdo al art. 72° del Decreto N° 195/83.-
4º.- PASE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
HAROLD JOHN BARK
Secretario de Estado de Pesca
y Acuicultura
Ministerio de la Producción
Comercio e Industria