DISPOSICIÓN N° 00097
RÍO GALLEGOS, 15 de noviembre de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº 485.913/2008, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Estelar Resources LTD S.A., solicita la renovación del permiso para el vertido de efluentes sanitarios provenientes del campamento Cerro Moro, previamente tratados;
Que los efluentes serán conducidos hacia dos plantas de tratamiento, los cuales procesan las aguas provenientes de la cocina, baño y dormitorios. La misma utiliza el sistema del tipo lodos activados con cámaras de tratamiento anaeróbicas durante la primera etapa, aeróbica durante la segunda etapa con desinfección por cloración al final del proceso y previo al vuelco;
Que se extenderá el presente permiso por un período de doce (12) meses desde el día de la fecha;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia analizando la información presentada;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia, no existiendo objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el Instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1º) Renovar permiso a favor de la Empresa Estelar Resources LTD S.A., con domicilio legal en Pasaje E. Feruglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, para realizar el vertido de efluentes sanitarios provenientes del Campamento minero Cerro Moro, previo tratamiento, de acuerdo a los considerandos de la presente.-
Artículo 2º) Autorizar el vertido de efluentes tratados hasta un máximo de noventa y seis metros cúbicos por día (96m3/día).-
Artículo 3°) La descarga del efluente se realizará en las coordenadas Lat.Sur 48°07’51” – Long. O 66°38’42” previo tratamiento.-
Artículo 4°) La empresa deberá presentar en forma trimestral los protocolos de análisis físico-químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua previo al vertido (salida de la planta de tratamiento).-
Artículo 5°) El permiso se extenderá por un período de doce (12) meses, desde el día de la fecha.-
Artículo 6º) La empresa Estelar Resources LTD S.A., deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, junto a la declaración Jurada de consumos, la declaración de los metros cúbicos vertidos, en forma mensual.-
Artículo 7º) La empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nº 020/2013 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451.-
Artículo 8º) El pago del canon y de la tasa deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta corriente Nº 03-1416055/2, CBU 0860001101800041605522, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esta Dirección y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 9º) Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 03/03, de la Ley 1451 “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial”.-
Artículo 10º) Ésta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 11°) La empresa Estelar Resources LTD S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso del permiso de vertido, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada, quedará al análisis de esta Dirección Provincial.-
Artículo 12°) Ésta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 13º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial. Dirección Provincial Secretaría General. Dirección General de Administración. Dirección General de Despacho. Notifíquese a Estelar Resources LTD S.A. Dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-
Ing. TAPIA MÓNICA
Directora Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz