DISPOSICIÓN N° 046
RÍO GALLEGOS, 15 de agosto de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 422.924/23.-
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 14/SEPyA/23, se inició sumario administrativo al señor Javier LOZANO, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, pescando sin el permiso correspondiente, el día 08 de abril de 2023 en el paraje denominado “Aero Club”, en el curso de agua “río Santa Cruz”;
Que notificado a fojas 05 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del art 67° del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado, se halla probada la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado, incurso en el artículo 57° inc. 1) punto 1.1 del Decreto N° 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464 y 1723 se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 0642/23, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 9 y vuelta;
LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PESQUERA
D I S P O N E :
1º.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado por Disposición N° 14/SEPyA/23 al señor Javier LOZANO (Clase: 1983 - D.N.I. Nº 29.976.242) hallándose confeso de la infracción imputada, por lo expresado en los considerandos.-
2º.- SANCIONAR al señor Javier LOZANO con multa de PESOS VEINTISEIS MIL ($ 26.000,00) - 10 módulos - (por pescar sin permiso), falta tipificada en el artículo 57°, inc. 1) punto 1.1 del Decreto N° 195/83, de acuerdo a los considerandos de la presente.-
3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Javier LOZANO, mediante Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz, que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de la multa impuesta por la presente a la Orden del Fondo Provincial de Pesca - Cuenta N° 921761-1 C.U.I.T. N° 30-67363960-3, CBU 0860001101800092176118 Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales) pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de la multa de acuerdo al artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4º.- PASE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
LUCRECIA BRAVO
Subsecretaria de Coordinación Pesquera
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
de la Provincia de Santa Cruz