DISPOSICIÓN N° 00070
RÍO GALLEGOS, 25 de agosto de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº 486.848/2009 (5to. cuerpo) y:
CONSIDERANDO:
Que la empresa CGC S.A. mediante nota Nº CGC-E-5580/23 del expediente de referencia, solicita la renovación del permiso de captación de agua pública de los Pozo denominado BLV CH, ubicado en el Yacimiento BARDA LAS VEGAS;
Que Luego de los análisis efectuados por la empresa Golfo San Jorge y Amien SRL surge que con respecto al pozo, el caudal óptimo del acuífero a explotar es de 40 m3 por día, realizando la provisión hídrica a 5 m3/h durante 8 horas de bombeo con posterior recuperación hasta completar el día;
Que la empresa solicita un caudal de explotación menor al óptimo, a saber, 30 m3/día en base a las necesidades operativas del Yacimiento;
Que a fojas 800-803 consta el cumplimiento del artículo 40 de la Ley 1451;
Que a fojas 804 del expediente de referencia, consta informe no encontrando objeciones técnicas para la prosecución del trámite;
Que obra dictamen favorable por parte de asesoría letrada del cap, obrante a fs. 808;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1°) Renovar permiso a favor de la empresa CGC S.A., con domicilio legal constituido en calle Alberdi Nº 232, de la localidad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz; para la captación de agua pública del pozo denominado BLV CH, ubicado en el Yacimiento Barda Las Vegas.-
Artículo 2º) La dotación que esta DPRH autoriza a captar del pozo, es por un volumen de 30m3 por día con fines industriales.-
Artículo 3º) La presente renovación tendrá vigencia por un período de doce (12) meses, a partir de recepcionda la presente.-
Artículo 4º) Con el fin de observar parámetros, estado y comportamiento del acuífero, la empresa deberá presentar en forma semestral análisis fisicoquímicos y metales pesados del pozo BLV CH en las oficinas de la DPRH.-
Artículo 5º) El uso que se le dará al recurso hídrico será de carácter industrial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra estipulado en la Disposición Nº 20/DPRH/2013.-
Artículo 6°) La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, las lecturas del caudalímetro instalado, en carácter de Declaración Jurada, para su correspondiente certificación.-
Artículo 7º) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP, cuenta corriente N° 03/1416055/2, CBU 0860001101800041605522, Alias: RECAUDACIONESCAP, Suc. Río Gallegos previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 8º) El permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo estipulado en la Disposición 03/03 “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” perteneciente a la Ley de aguas Nº 1451, de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos.-
Artículo 9°) La empresa CGC S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de ésta Dirección Provincial.-
Artículo 10º) Regístrese. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Administración, Dirección General de Despacho y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a CGC S.A. Dese a Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.-
Ing. TAPIA MÓNICA
Directora Pcial de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz