Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0055/2023
Edición del 05 Diciembre 2025
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Disposiciones Completas / publicado el 05 Octubre 2023 / BO 5816

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0055/2023

DAR DE BAJA - PUNTO DE CAPTACIÓN DENOMINADO PH1 - EMPRESA MINERA DON NICOLÁS S.A.
DISPOSICIÓN N° 00055
 
RÍO GALLEGOS, 17 de julio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº488.507/2011, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos  y;
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Minera Don Nicolás S.A., mediante nota obrante en expediente de referencia, solicita la baja del permiso de captación de agua en ésta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, de los pozos denominados PH1, PM30 y PA4, ubicados en el Proyecto Don Nicolás;
Que los Pozos PM30 y PA4 serán dados de baja de manera definitiva, ya que los mismos han sido cegados a solicitud de esta Autoridad de Aplicación, por encontrarse según lo declarado por la empresa en condiciones de inestabilidad y posible desmoronamiento;
Que el Pozo PH1 será dado de baja como pozo de captación, ya que ha disminuido su tasa de recuperación, el mismo será habilitado como pozo de monitoreo, según lo establecido en la Disposición 03/03 perteneciente a ésta Dirección Provincial;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia analizando los puntos de captación mencionados;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada sin objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) Dar de baja el punto de captación denominado PH1, perteneciente a la empresa Minera Don Nicolás S.A., con domicilio legal en calle Pje. E. Feruglio 157, de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, como pozo de captación de agua y habilitarlo como pozo de monitoreo, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.-
Artículo 2º) Dar de baja definitiva los puntos de captación denominados PM30 y PA4 pertenecientes a la empresa Minera Don Nicolás S.A., con domicilio legal en calle Pje. E. Feruglio 157, de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, como pozo de captación de agua, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.-
Artículo 3°) El pozo PH1 se encuentra ubicado en las coordenadas 47º52´8,71” Lat. – 67º21´10,44” Sector Ea. El Cóndor. El Pozo PM30 se encuentra ubicado en las coordenadas  47º55´16,88” Lat. – 67º23´40,11” Sector Armadillo. El Pozo PA4 se encuentra ubicado en las coordenadas 47º53´4,09” Lat. – 67º21´45,51” Sector Veta Arco Iris, todos en el Yacimiento Don Nicolás.-
Artículo 4º) La empresa Minera Don Nicolás S.A., deberá cumplir con lo establecido en la Disposición 03/03:
 
“Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” -4. De la operación, mantenimiento y abandono de las instalaciones de captación de agua, para dar de baja al Pozo denominado PH1:
4.4.- Las obras de captación de aguas subterráneas que las Empresas Titulares resuelvan abandonar, serán utilizadas como piezómetros por parte de la Autoridad de Aplicación, a los efectos del seguimiento y control de calidad del acuífero explotado.-
A tal efecto, y como procedimiento del abandono de las mismas, los titulares deberán dar cumplimiento a lo aquí descripto:
  • Para el abandono de los pozos, se deberá proceder de la siguiente manera:
-Se realizará una clausura del entubado con niple con tapa roscada, de acuerdo al material del tubo, que permita la apertura de la misma por parte de la Autoridad de Aplicación para la extracción de muestras, sondeos, etc.-
-Se deberá construir un sistema de ojales, que posibiliten la instalación de precintos en niple, tapa y cañería.-
Se otorgará un plazo de quince días hábiles, a partir de la recepción de la presente, para remitir informe de abandono del pozo.-
Artículo 5º) La empresa Minera Don Nicolás S.A., deberá colocar cercado perimetral y la correspondiente cartelería, indicando el nombre del pozo, ubicación y agregando el símbolo /A en color rojo, para su correspondiente identificación, en los tres pozos mencionados.-
Artículo 6º) La empresa Minera Don Nicolás S.A., deberá cumplimentar con los art. 4 y Art. 5 de la presente, en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de su notificación y remitir el correspondiente informe técnico.-
Artículo 7º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial. Dirección Provincial Secretaría General. Dirección General de Administración. Notifíquese a Minera Don Nicolás S.A. Dese a Boletín Oficial, a Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
Ing. TAPIA MÓNICA
Directora Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI