Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0054/2023
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Edición del 14 Agosto 2025
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Disposiciones Completas / publicado el 05 Octubre 2023 / BO 5816

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0054/2023

DAR DE BAJA - POZO DE AGUA DENOMINADO PEVLH2 - EMPRESA VIENTOS LOS HÉRCULES S.A.
DISPOSICIÓN N° 00054
 
RÍO GALLEGOS, 14 de julio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº 492.343/18, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud obrante en expediente de referencia, la empresa VIENTOS LOS HERCULES S.A., requiere permiso para abandono (baja) del pozo denominados por esta Dirección Provincial, como PEVLH2, el mismo se ubica a 35 Km al NO de Pico Truncado en el Establecimiento Los Hércules, Departamento Deseado en la pcia. De Santa Cruz;
Que la posición georreferenciada del pozo PEVLH2 es 46°38´39.18”S – 68°22´20.03”O;
Que según se informa el agua era utilizada para la etapa de obras y al concluirse las mismas, ya no se volverá a requerir;
Que obra en el expediente los correspondientes Análisis del Agua del punto de captación, las Publicaciones del pedido de baja del pozo, la información técnica del mismo y el pago de la Tasa de Inspección y Habilitación oportunamente solicitados por esta Dirección;
Que obra informe técnico a fojas Nro. 757-758, del expediente de referencia;
Que obra dictamen de la Dirección General de Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial a fojas Nro. 765 del expediente de referencia, que indica que no existen objeciones legales que formular a la presente;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
ARTÍCULO 1º) OTORGAR, el permiso para dar de Baja al pozo de agua denominado PEVLH2, perteneciente a la empresa Vientos Los Hércules S.A., con domicilio legal en Avda. Néstor Kirchner 1361, de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, de acuerdo a los considerandos de la presente. El pozo PEVLH2, se ubica a 35 Km al NO de Pico Truncado en el Establecimiento Los Hércules, Departamento Deseado en la pcia. de Santa Cruz.
ARTÍCULO 2º) La ubicación georeferenciada del pozo PEVLH2 es 46°38´39.18”S – 68°22´20.03”O.-
ARTÍCULO 3º) La empresa Vientos Los Hércules S.A., deberá cumplir con lo establecido en la Disposición 03/03: “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” - 4. De la operación, mantenimiento y abandono de las instalaciones de captación de agua:
 
4.4.- Las obras de captación de aguas subterráneas que las Empresas Titulares resuelvan abandonar, serán utilizadas como piezómetros por parte de la Autoridad de Aplicación, a los efectos del seguimiento y control de calidad del acuífero explotado.-
A tal efecto, y como procedimiento del abandono de las mismas, los titulares deberán dar cumplimiento a lo aquí descripto:
  • Se deberá presentar la siguiente información:
  • Identificación del punto de captación (pozo, cantera, etc.)
  • Ubicación del mismo (coordenadas geográficas Datum WGS84).
  • Declaración Jurada de finalización de explotación.
  • Diseño de pozo, informando características constructivas, profundidad, diámetro, tipo de entubado (metal, P.V.C., etc.), profundidad de la/las napas.
  • Análisis fisicoquímico, bacteriológico y de hidrocarburos totales de muestras de agua tomadas previo al abandono.
  • Declaración Jurada de uso asignado al recurso durante la explotación y período de captación.
  • Ubicación en plano del punto de captación, con círculo rojo.
  • Croquis de acceso al punto de captación, desde referencia conocida (ruta, camino, etc.).
  • Medición de nivel estático.
  • Para el abandono de los pozos, se deberá proceder de la siguiente manera:
-Se realizará una clausura del entubado con niple con tapa roscada, de acuerdo al material del tubo, que permita la apertura de la misma por parte de la Autoridad de Aplicación para la extracción de muestras, sondeos, etc.-
-Se deberá construir un sistema de ojales, que posibiliten la instalación de precintos en niple, tapa y cañería.-
-Como así también la colocación de la correspondiente cartelería, indicando nomenclatura del pozo, ubicación y el símbolo en rojo “/A”, con cercado perimetral, para su correspondiente identificación.-
4.5.- Toda Empresa Titular que a la fecha de vigencia de la presente normalización, tuvieren pozos de captación de agua fuera de servicio permanente, deberán dar cumplimiento a lo establecido en el punto anterior, en un plazo de ciento veinte (120) días.-
ARTÍCULO 4º) La empresa Vientos Los Hércules S.A., deberá colocar cercado perimetral y la correspondiente cartelería, indicando el nombre del pozo, ubicación y agregando el símbolo /A en color rojo, para su correspondiente identificación.-
ARTÍCULO 5º) La empresa Vientos Los Hércules S.A., deberá cumplimentar con los art. 3 y art. 4 de la presente, en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de su notificación, presentando ante esta Dirección Provincial, un informe detallado de las tareas realizadas.
ARTÍCULO 6°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración, Dirección General Despacho, Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese a Parque Eólico Vientos Los Hércules S.A., y dese a Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Ing. TAPIA MÓNICA
Directora Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI