DISPOSICIÓN N° 00045
RÍO GALLEGOS, 12 de junio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente N° 495.935/2023, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos (DPRH) y;
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa CGC S.A., solicita el permiso de vuelco de efluentes sanitarios durante la perforación y actividades complementarias del pozo denominado Campo Indio CP-2 (Campo Indio 127);
Que el vertido de efluentes previamente tratados, será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada: Lat. 50°47’52,97” Long. 70°41’37,91”;
Que el efluente vertido será contabilizado a través de caudalímetro;
Que el tratamiento al que será sometido el efluente, será a través de etapas de aireación, clarificación y cloración, según consta memoria técnica obrante a Fs. 6 a 14;
Que mediante lo establecido en Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451 corresponde realizar el pago de canon por vertido;
Que obra informe técnico realizado por esta DPRH a fojas Nro. 15, de expediente de referencia;
Que asimismo obra dictamen favorable por parte de Dirección General de Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial, ante lo cual se sugiere otorgar los permisos solicitados;
Que mediante Ley N° 2625 promulgada por Decreto N° 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1º) OTORGAR, a la empresa CGC S.A., con domicilio legal constituido en la calle Alberdi 232 de la Localidad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz; permiso para el vertido eventual de efluentes sanitarios, previamente tratados, durante la perforación y actividades complementarias del pozo denominado Campo Indio CP-2 (Campo Indio 127).-
2°) El vertido mencionado será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada Lat. 50°47’52,97” Long. 70°41’37,91”.-
3º) La empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial, la lectura del caudalímetro con la cantidad de efluente vertido, en forma mensual, en carácter de Declaración Jurada.-
4º) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante deposito en el Banco Santa Cruz, a la Cuenta Corriente N° 03-1416055/2, CBU 0860001101800041605522, Alias: RECAUDACIONESCAP, CUIT N° 30-65694983-6, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
5º) Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición 01/00, de la Ley 1451 “Tasa por Inspección y Habilitación”.
6º) CGC S.A., deberá presentar en las oficinas de esta DPRH protocolo de análisis de la muestra, previa descarga del efluente.-
7º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración, Dirección General de Despacho, Honorable Tribunal de Cuentas, notifíquese a CGC S.A., y dese a Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Ing. DÉBORA NATALIA ZERPA
Directora Gral. de Hidrología
Consejo Agrario Provincial