Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0015/2023
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Disposiciones Completas / publicado el 04 Julio 2023 / BO 5789

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0015/2023

PERMISO CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS SOBRE EL BRAZO NORTE DEL RÍO COYLE - ESTABLECIMIENTO RUBÉN AIKE
DISPOSICIÓN N° 00015
 
RÍO GALLEGOS, 02 de marzo de 2023.-
V I S T O :
El Expediente N° 495712/DPRH/21 y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documentación obrante en el presente, el Sr. Arbilla Mario co-propietario del establecimiento Rubén Aike a través de los responsables técnicos Te. Agr. Rivera Emilio y la Ing. Agr. María Virginia Sturzenbaum, solicita la autorización y registro de sistema de riego en la Ea. Rubén Aike Brazo Norte del río Coyle;
Que, la obra consiste en dos azudes niveladores y tres compuertas de regulación ubicados sobre el brazo norte del río Coyle, según lo detallado a continuación:
  • Azud 1: 51°16´25.79”S, 70°20´12.09”O
  • Azud 2: 51°17´0.13”S, 70°20´38.36”O
  • Compuerta 1: 51°16´25.43”S, 70°20´9.40”O
  • Compuerta 2: 51°16´36.56”S, 70°20´18.45”O
  • Compuerta 3: 51°17´10.02”S, 70°20´43.93”O estructura ya existente
Que pretende mejorar la distribución de agua dentro de la vega, que permitiría un aumento en la producción de forraje y la cobertura vegetal dentro del establecimiento;
Que obra informe técnico de la Dirección de Pesca Continental aportando los criterios técnicos en referencia a las mallas a colocar en cada compuerta de regulación para evitar el ingreso de peces al sistema;
Que, a tal efecto los interesados presentan la información de acuerdo a lo establecido en Disposición 113/DPRH/2022, concerniente a procedimientos y formas de presentación de proyectos de obras hidráulicas de diversa índole;
Que, obra informe técnico en expediente de referencia, sin objeciones para ejecución de la obra;
Que, asimismo obra dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que, mediante Resolución Nº 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1°) Autorizar al interesado Sr. Mario Arbilla con domicilio en calle Santiago Perkic N° 150 de la ciudad de El Calafate, el permiso para la construcción de las obras sobre el brazo norte del río Coyle, en el Establecimiento Rubén Aike.-
Artículo 2°) Los dos azudes niveladores se localizarán en coordenadas 51°16´25.79”S, 70°20´12.09”O, y 51° 17´0.13”S, 70°20´38.36”O respectivamente.-
Artículo 3°) Las compuestas se localizarán en coordenadas:
Compuerta 1: 51°16´25.43”S, 70°20´9.40”O
Compuerta 2: 51°16´36.56”S, 70°20´18.45”O
Compuerta 3: 51°17´10.02”S, 70°20´43.93”O estructura ya existente
Artículo 4°) Las tres compuertas deberán presentar la malla señalada por la Dirección de Pesca Continental para evitar el ingreso de peces al sistema.-
Artículo 5°) El permisionario deberá informar ante esta DPRH todas las obras que se encuentren dentro del establecimiento y que formen parte del sistema de riego que se pretende registrar.-
Artículo 6°) El permisionario deberá dar aviso a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos con una antelación de 72 horas del comienzo de obra, a los efectos de constatar in situ el cumplimiento de lo detallado en la memoria descriptiva.-
Artículo 7°) Finalizada las obras se deberá dar aviso formalmente a esta DPRH, como así también presentar informe de obras realizadas con plano final, conforme a obras, calibración de compuertas y registro fotográfico.-
Artículo 8°) La dotación quedará sujeta a la disponibilidad del recurso, y la misma será otorgada mediante Disposición por esta DPRH.-
Artículo 9°) El permisionario deberá mantener cerradas las compuertas, impidiendo el ingreso de agua al sistema hasta tanto no cuente con la autorización por parte de esta DPRH.-
Artículo 10°) La Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa vigente en materia agua.-
Artículo 11°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial; Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General de Administración, Dirección de Despacho, Notifíquese al Interesado. Dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI