Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0006/2023
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Disposiciones Completas / publicado el 15 Junio 2023 / BO 5783

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0006/2023

DAR DE BAJA - PUNTO DE CAPTACIÓN DENOMINADO PA1B Y PA21 - EMPRESA MINERA ESTELAR RESOURCES LTD S.A.
DISPOSICIÓN N° 00006
 
RÍO GALLEGOS, 27 de enero de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº 485.913/2008, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Minera Estelar Resources LTD S.A., mediante nota obrante en expediente de referencia, solicita la baja del permiso de captación de agua en esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, de los pozos denominados PA21 y PA1B, ubicados en el Proyecto Cerro Moro;
Que el Pozo PA21 será dado de baja de manera definitiva, ya que el mismo ha sido cegado a solicitud de esta Autoridad de Aplicación, por encontrarse en condiciones de inestabilidad y posible desmoronamiento;
Que el Pozo PA1B será dado de baja como pozo de captación, ya que el mismo no es de utilidad para la empresa y será habilitado como pozo de monitoreo, según lo establecido en la Disposición 03/03 perteneciente a esta Dirección Provincial;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia analizando los puntos de captación mencionados;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada sin objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
DI S P O N E :
 
Artículo 1º) Dar de baja el punto de captación denominado PA1B, perteneciente a la empresa Minera Estelar Resources LTD S.A., con domicilio legal en calle Pje. E. Feruglio 157, de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, como pozo de captación de agua y habilitarlo como pozo de monitoreo, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.-
Artículo 2º) Dar de baja el punto de captación denominado PA21, perteneciente a la empresa Minera Estelar Resources LTD S.A., con domicilio legal en calle Pje. E. Feruglio 157, de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.-
Artículo 3°) El pozo PA1B se encuentra ubicado en las coordenadas Long 66º37´42”- Lat 48º 05´30” del Sector Gabriela. El Pozo PA21 se encuentra ubicado en las coordenadas 48º07´25,84” Lat. - 66º36´21,76” del Sector Zoe, ambos localizados en el Yacimiento Cerro Moro.-
Artículo 4º) La empresa Estelar Resources LTD S.A., deberá cumplir con lo establecido en la Disposición 03/03: “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” - 4. De la operación, mantenimiento y abandono de las instalaciones de captación de agua:
4.4.- Las obras de captación de aguas subterráneas que las Empresas Titulares resuelvan abandonar, serán utilizadas como piezómetros por parte de la Autoridad de Aplicación, a los efectos del seguimiento y control de calidad del acuífero explotado.
A tal efecto, y como procedimiento del abandono de las mismas, los titulares deberán dar cumplimiento a lo aquí descripto:
  • Para el abandono de los pozos, se deberá proceder de la siguiente manera:
- Se realizará una clausura del entubado con niple con tapa roscada, de acuerdo al material del tubo, que permita la apertura de la misma por parte de la Autoridad de Aplicación para la extracción de muestras, sondeos, etc.
- Se deberá construir un sistema de ojales, que posibiliten la instalación de precintos en niple, tapa y cañería.
Se otorgará un plazo de quince días hábiles, a partir de la recepción de la presente, para remitir informe de abandonó del pozo.-
Artículo 5º) La empresa Estelar Resources LTD S.A., deberá colocar cercado perimetral y la correspondiente cartelería, indicando el nombre del pozo, ubicación y agregando el símbolo /A en color rojo, para su correspondiente identificación.-
Artículo 6º) La empresa Estelar Resources LTD S.A., deberá cumplimentar con los art. 4 y art. 5 de la presente, en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de su notificación.-
Artículo 7º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial. Dirección Provincial Secretaría General. Dirección General de Administración. Notifíquese a Minera Estelar Resources LTD S.A. Dese a Boletín Oficial, a Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHIVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI